El Día del Empleado de Comercio 2026 empieza a generar una pregunta concreta entre más de un millón de trabajadores del sector: como el 26 de septiembre cae sábado, ¿el descanso se mantendrá ese día o será trasladado al lunes 28?
Hasta este viernes 28 de agosto, FAECYS todavía no publicó una circular oficial que confirme un cambio de fecha para 2026. Por eso, aunque ya circulan versiones sobre un eventual traslado al lunes siguiente, todavía conviene esperar la comunicación formal del gremio y las cámaras empresarias.
La expectativa no es casual. En años anteriores, cuando el 26 de septiembre coincidió con un fin de semana, la jornada fue trasladada para garantizar que los trabajadores mercantiles pudieran hacer efectivo el descanso.

Por qué se habla del lunes 28 de septiembre
El calendario marca que el 26 de septiembre de 2026 será sábado. Esa coincidencia abrió la posibilidad de repetir un esquema utilizado anteriormente y mover la celebración al lunes posterior.
Existe incluso un antecedente prácticamente idéntico: en 2020 el Día del Empleado de Comercio también cayó sábado 26 y FAECYS acordó con las cámaras empresarias trasladarlo al lunes 28 de septiembre.
Eso no significa que la decisión de aquel año se aplique automáticamente en 2026. Cada traslado requiere un acuerdo específico y su correspondiente comunicación. Por eso, hasta que FAECYS publique la circular de este año, el único día establecido legalmente continúa siendo el sábado 26.
Qué dice la ley sobre el Día del Empleado de Comercio
La fecha está establecida por la Ley 26.541, sancionada en 2009.
La norma dispone que cada 26 de septiembre sea considerado descanso para los empleados de comercio y establece que ese día los trabajadores no prestarán tareas, asimilándose la jornada a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
El alcance comprende principalmente a quienes se encuentran encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que incluye una enorme variedad de actividades comerciales.
Qué pasa si un empleado trabaja ese día
La condición equivalente a un feriado tiene consecuencias directas sobre la liquidación salarial.
Si el trabajador no presta tareas durante la jornada correspondiente, cobra su remuneración habitual y no debe recuperar esas horas posteriormente.
Si el empleador requiere que trabaje y el empleado efectivamente presta servicios, corresponde aplicar las reglas previstas para los feriados nacionales. En términos prácticos, la jornada debe abonarse con el recargo del 100%, es decir, el conocido pago doble.
Además, cuando el Día del Empleado de Comercio es trasladado por acuerdo de las partes, la fecha elegida pasa a concentrar esos efectos laborales para los trabajadores alcanzados.
¿Los supermercados y shoppings estarán cerrados?
El impacto suele ser especialmente visible en supermercados, hipermercados, shoppings, cadenas de electrodomésticos, comercios de indumentaria y grandes superficies, donde la mayoría del personal se encuentra alcanzado por el convenio mercantil.
Eso no significa que legalmente todos los comercios del país estén obligados a bajar sus persianas. Un establecimiento puede abrir si es atendido por sus propietarios o por personal no comprendido dentro del régimen, y también puede organizar tareas con trabajadores que acepten prestar servicios respetando la liquidación correspondiente.
Sin embargo, las grandes cadenas suelen reducir considerablemente su actividad o directamente cerrar cuando llega la jornada mercantil.
Septiembre también trae aumento salarial para Comercio
La definición del día de descanso llegará en un mes que ya tiene otra novedad para los trabajadores del sector: en septiembre corresponde el tercer tramo del aumento del 1,9% previsto en el último acuerdo paritario.
El entendimiento estableció una mejora nominal del 5,7% distribuida en julio, agosto y septiembre, junto con una asignación extraordinaria que se pagó en dos cuotas durante los meses anteriores.
Las escalas y condiciones del acuerdo pueden consultarse en el detalle sobre cómo quedó la última paritaria de Empleados de Comercio y qué aumento llega en septiembre.
Cuándo podría conocerse la decisión definitiva
No existe una fecha límite pública para que FAECYS comunique un eventual traslado. En años anteriores, la resolución se difundió durante septiembre, a veces incluso pocas semanas antes de la celebración.
Por eso, todavía hay margen para que el gremio y las cámaras empresarias acuerden mover el descanso al lunes 28 u otra jornada cercana.
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Hasta que eso ocurra, la situación es concreta: el Día del Empleado de Comercio sigue fijado oficialmente para el sábado 26 de septiembre. Si aparece una circular que establezca un traslado, será esa comunicación la que determine finalmente cuándo descansarán los trabajadores y qué día tendrán impacto los cierres de supermercados y grandes comercios.
