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Revés judicial al Gobierno: declaran inválido el veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad

La Justicia Federal de Campana declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, en el marco de un fallo que responde a una acción de amparo. Aunque sus efectos se limitan al caso puntual, la resolución marca un precedente de relevancia judicial en materia de derechos de las personas con discapacidad.

De acuerdo con la sentencia, el juzgado declaró inválido el Artículo 3 del Decreto 534/2025, norma mediante la cual el Poder Ejecutivo vetó en su totalidad la ley aprobada por el Congreso.

La decisión, difundida inicialmente por la periodista Vanesa Petrillo, tiene efectos exclusivos para los demandantes y no alcanza de manera general a la población.

El amparo fue promovido por O.G.J. y D.R.N. contra el Estado Nacional, en representación de dos menores de edad, B.N. e Y.N., beneficiarios directos de prestaciones vinculadas a la ley.

El juez resolvió:

  • Hacer lugar parcialmente al amparo solicitado.
  • Ordenar a la obra social de los menores que adecúe sus prestaciones a lo establecido en la ley de emergencia, ahora restituida para este caso.
  • Imponer las costas del proceso al Estado Nacional.

Si bien el Gobierno tiene la posibilidad de apelar la decisión, se trata del primer fallo judicial que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad.

Juristas advierten que esta resolución podría incentivar la presentación de nuevos recursos de amparo en distintos tribunales del país, lo que ampliaría el debate sobre la constitucionalidad del veto y el alcance de la Ley de Emergencia en Discapacidad.

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