El Ministerio de Justicia de la Nación dispuso una nueva reorganización de los Registros del Automotor que alcanza a 72 oficinas del país. La decisión genera dudas entre quienes tienen una transferencia iniciada, necesitan inscribir un vehículo o deben presentar documentación en una dependencia incluida en la medida.
Qué dispone la Resolución 538/2026
La norma, publicada el 5 de noviembre, suprime 67 registros seccionales y ordena completar el cierre operativo de otras cinco oficinas previamente alcanzadas por una resolución anterior. La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios tiene un plazo improrrogable de 60 días hábiles para concretar el cierre operativo y reasignar los dominios.
El plazo no significa que todas las oficinas cierren el mismo día. La implementación requiere medidas administrativas, registrales, documentales e informáticas.
Qué ocurre con los vehículos registrados en una sede alcanzada
La resolución establece que los dominios radicados en las dependencias suprimidas deben asignarse a registros que permanezcan operativos. Es decir, el cierre de una oficina no implica que desaparezca la inscripción del vehículo ni que el titular deba volver a registrar su auto desde cero.
La oficina receptora específica debe ser identificada por la autoridad registral. No conviene asumir que el trámite se traslada automáticamente a la dependencia más cercana al domicilio.
Localidades bonaerenses incluidas
Entre los registros identificados en la cobertura de la resolución aparecen sedes de Azul, Balcarce, Carhué, Coronel Dorrego, General Belgrano, General La Madrid, General Rodríguez, Laprida, Lobos, Merlo, Pigüé, Quilmes, Rojas, Tandil, Trenque Lauquen y Zárate, entre otras. Algunas oficinas tienen competencia especializada en maquinaria agrícola, vial o industrial, por lo que no corresponde interpretar que desaparece toda la atención registral de cada localidad.
Si tenés una transferencia pendiente
Antes de presentarte personalmente, verificá el estado del trámite y la dependencia asignada mediante los canales oficiales de la DNRPA. Si ya tenés turno, revisá si la sede mantiene la atención y si existe una comunicación específica sobre el traslado.
La resolución no establece una anulación general de los trámites iniciados. Lo que sí ordena es reorganizar las competencias y la radicación de los dominios.
Cómo consultar el documento oficial
El texto íntegro está disponible en Argentina.gob.ar. Allí se detallan los artículos de la reorganización y los anexos que identifican las oficinas. La información operativa sobre la sede receptora deberá comprobarse con la DNRPA a medida que se implemente el cierre.
