Desde el próximo domingo 1° de noviembre comenzará a regir un nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en todo el país. El cambio ya está establecido por una resolución oficial y tiene una consecuencia que va más allá del sueldo de quienes perciben el piso legal.
La actualización también modifica los límites de la Prestación por Desempleo que paga ANSES, un dato importante para trabajadores que perdieron su empleo formal y cobran ese beneficio.
A diferencia de las negociaciones salariales de cada actividad, este aumento no depende de una nueva reunión paritaria de último momento: forma parte de un cronograma de incrementos fijado en septiembre. La clave es conocer qué valores cambian desde noviembre y a quiénes se aplican.
Cuánto será el salario mínimo desde el 1° de noviembre
La Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil estableció para noviembre un piso de $398.800 mensuales para trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Para los jornalizados, el valor será de $1.994 por hora.
En octubre el mínimo era de $391.200 por mes y $1.956 por hora. La diferencia es de $7.600 mensuales y $38 por hora, una suba cercana al 1,94% respecto del mes anterior.
La norma contempla que las jornadas inferiores a la legal se liquiden en la proporción correspondiente, según el encuadre laboral aplicable. Las asignaciones familiares no integran el monto fijado como salario mínimo.
ANSES: los nuevos límites de la Prestación por Desempleo
El segundo cambio alcanza a quienes cobran la Prestación por Desempleo. La misma resolución dispone que su importe se calcula sobre el 75% de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual de los seis meses anteriores a la finalización de la relación laboral, con un piso y un techo vinculados al SMVM.
Desde noviembre, la prestación mensual no podrá ser inferior a $199.400 ni superior a $398.800, de acuerdo con los límites establecidos en la normativa. Esos valores corresponden al 50% y al 100% del nuevo salario mínimo, respectivamente.
Esto no significa que todos los beneficiarios pasarán a cobrar $398.800. El importe individual depende de la remuneración que se tome como referencia y de las condiciones del beneficio. Lo que cambia para noviembre son los límites que deben respetarse en la liquidación.
Comparación de octubre y noviembre: los importes
| Concepto | Octubre | Noviembre |
|---|---|---|
| Salario mínimo mensual | $391.200 | $398.800 |
| Salario mínimo por hora | $1.956 | $1.994 |
| Desempleo: importe mínimo | $195.600 | $199.400 |
| Desempleo: importe máximo | $391.200 | $398.800 |
Los valores fueron publicados por el Gobierno nacional y figuran en el cuadro oficial de montos del Consejo del Salario. El próximo tramo ya previsto para diciembre llevará el SMVM a $406.400 y elevará nuevamente los límites de la prestación.
A quiénes alcanza y qué sueldos no suben automáticamente
El SMVM es una referencia legal para los trabajadores comprendidos por la normativa, pero no debe confundirse con los básicos de cada convenio colectivo. Muchas actividades tienen escalas superiores, determinadas por sus propios acuerdos paritarios.
Por eso, el incremento del piso nacional no implica por sí mismo que todos los empleados privados, docentes, estatales bonaerenses o trabajadores de casas particulares reciban exactamente el mismo aumento. En esos casos hay que consultar la escala salarial y el régimen aplicable a cada sector.
Tampoco significa que las jubilaciones o la Asignación Universal por Hijo se actualicen automáticamente en el mismo porcentaje: esas prestaciones tienen mecanismos de movilidad propios. Sí existe una relación directa y expresa entre el salario mínimo y los topes de la Prestación por Desempleo.
Qué conviene revisar en el próximo cobro
Quienes trabajan bajo una remuneración vinculada al piso legal pueden comparar el valor de noviembre con el de octubre y verificar la jornada que figura en su recibo. Si la actividad tiene convenio, corresponde revisar también la escala de ese convenio.
En el caso de quienes perciben la Prestación por Desempleo, lo importante es comprobar el importe acreditado y recordar que $199.400 y $398.800 son límites, no una suma idéntica para todos. La actualización entra en vigencia el 1° de noviembre de 2026, según el cronograma oficial.
