Mientras la atención de los estatales bonaerenses está puesta en los salarios de septiembre y en la próxima negociación paritaria, hay otra medida que puede modificar de manera concreta la situación laboral y los ingresos de una parte de los trabajadores provinciales.
El cambio alcanza al personal comprendido por la Ley 10.430 y comenzó a tener efectos desde julio. No se trata de un aumento general como los acordados habitualmente en paritarias: modifica la carrera administrativa y contempla situaciones diferentes según la categoría y la antigüedad de cada agente.
Para un grupo implica avanzar un grado dentro de su agrupamiento. Pero quienes ya llegaron al máximo y, por lo tanto, no tienen posibilidad de seguir ascendiendo mediante esta reubicación, pueden quedar alcanzados por una mejora económica diferente.
Quiénes suben un grado dentro de la administración bonaerense
El Decreto 777/2026 dispuso una reubicación excepcional y por única vez para trabajadores que al 30 de junio de 2026 pertenecían a la Planta Permanente con Estabilidad bajo el régimen de la Ley 10.430.
Para quedar alcanzado por la medida, el agente debe registrar a esa fecha al menos dos años de antigüedad reconocida en la Administración Pública Provincial.
En esos casos, la reubicación consiste en el incremento de un grado dentro del agrupamiento en el que revista el trabajador.
| Situación | Qué establece la medida |
|---|---|
| Planta permanente con estabilidad | Debe cumplir esta condición al 30 de junio de 2026 |
| Antigüedad | Al menos 2 años reconocidos en la administración provincial |
| Reubicación | Incremento de 1 grado |
| Vigencia | Desde el 1° de julio de 2026 |
La modificación se suma al escenario salarial que atraviesa el sector. Para entender cómo quedaron actualmente los ingresos, se pueden consultar los salarios de referencia de los estatales bonaerenses que llegan al cobro de septiembre.

Quiénes pueden cobrar la bonificación extra del 20%
La situación cambia para los trabajadores que ya se encontraban en la máxima categoría de su agrupamiento al 30 de junio. Como no pueden avanzar otro grado, el decreto creó para ellos una bonificación denominada “Permanencia”.
Ese adicional equivale al 20% del sueldo básico de la categoría de revista y tiene carácter remunerativo y no bonificable.
También puede alcanzar a determinados agentes del Agrupamiento Jerárquico con funciones de Jefe de Departamento o personal de apoyo que haya llegado al límite previsto por la normativa.
Es importante diferenciarlo de un aumento salarial general: el 20% no se calcula sobre todo el sueldo de bolsillo, sino específicamente sobre el básico correspondiente a la categoría.
Por ejemplo, el impacto matemático sería el siguiente:
| Sueldo básico | Bonificación del 20% |
|---|---|
| $300.000 | $60.000 |
| $400.000 | $80.000 |
| $500.000 | $100.000 |
| $700.000 | $140.000 |
Los ejemplos son únicamente ilustrativos: el importe concreto depende del sueldo básico correspondiente al cargo de cada trabajador.
Quiénes quedan afuera de la reubicación de un grado
El decreto establece también una exclusión que puede resultar determinante. En principio, no acceden a esta reubicación quienes ya hayan sido promovidos en su cargo de planta permanente uno o más grados entre el 2 de abril de 2023 y el 30 de junio de 2026.
La norma contempla excepciones para determinados cambios de agrupamiento y situaciones alcanzadas por disposiciones anteriores, por lo que no alcanza con mirar solamente la última categoría del recibo para determinar si corresponde el beneficio.
Además, ninguna reubicación puede superar el nivel máximo previsto para el agrupamiento correspondiente. Justamente para quienes ya están en ese techo es que aparece la bonificación por Permanencia.

Hay otro beneficio para jefes y subdirectores interinos
La medida incluye además un régimen excepcional para determinados trabajadores que al 30 de junio se encontraban desempeñando de manera interina funciones de Subdirector o Jefe de Departamento.
En este caso no es automático: el interesado debe solicitar la reubicación y acreditar requisitos específicos.
- Haber ejercido la función durante 3 años consecutivos o 5 años alternados.
- Tener al menos 10 años de antigüedad en la Administración Pública de la Provincia.
- Haber aprobado el curso Herramientas de Gestión para Mandos Medios dictado por el IPAP.
- La función interina debe haber sido asignada mediante el acto administrativo correspondiente.
Quienes cumplieron funciones de Subdirector pueden ser reubicados como Personal de Apoyo en la Categoría 24, mientras que para quienes desempeñaron funciones de Jefe de Departamento corresponde la Categoría 21.
El plazo que puede cambiar desde cuándo rige la reubicación
Hay un detalle especialmente importante para este grupo jerárquico. Si la solicitud se presenta dentro de los 180 días hábiles administrativos contados desde la publicación del decreto, la reubicación tiene efectos desde el 1° de julio de 2026.
En cambio, si el pedido se realiza después de ese plazo, los efectos comienzan a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que resuelva la solicitud.
Por eso, para quienes reúnen los requisitos, el momento en que se inicia el trámite puede tener consecuencias económicas.
El texto completo y las condiciones pueden verificarse en el Decreto 777/2026 publicado por la Provincia de Buenos Aires.
Qué pasa con la bonificación cuando el trabajador se jubila
La medida también contempla la situación previsional. El decreto dispone que el Instituto de Previsión Social (IPS) reconozca la bonificación por Permanencia en los haberes jubilatorios de los trabajadores pasivos que hubieran alcanzado los grados o categorías requeridos al 30 de junio de 2026.
Todo esto ocurre mientras septiembre vuelve a poner el foco en los próximos aumentos. La discusión salarial todavía tiene otro capítulo por delante y hay una fecha clave que puede condicionar la nueva paritaria bonaerense durante los próximos días.
La diferencia es que la reubicación y la bonificación del 20% responden a la carrera administrativa y ya fueron establecidas por decreto, mientras que cualquier nueva recomposición general dependerá de la negociación entre la Provincia y los gremios.
