En una resolución de alto impacto social y jurídico, la Justicia Federal dictó una medida que frena las suspensiones masivas en el programa Volver al Trabajo, uno de los sucesores del antiguo Potenciar Trabajo. El Ministerio de Capital Humano, bajo la dirección de Sandra Pettovello, deberá garantizar la continuidad de los pagos a los beneficiarios que habían sido desvinculados o cuyas transferencias se encontraban bajo revisión técnica, asegurando el derecho a la asistencia alimentaria y económica en un contexto de vulnerabilidad social.
El fallo judicial que frena las bajas en el programa
La decisión judicial surge a partir de una serie de presentaciones y recursos de amparo que denunciaban la interrupción de los haberes sin un debido proceso previo. El fallo establece que el Estado nacional no puede suspender el pago de la prestación de manera arbitraria mientras se llevan adelante las auditorías internas sobre el padrón de beneficiarios. La orden judicial subraya que, dado el carácter alimentario de la prestación, cualquier interrupción debe estar debidamente justificada por una irregularidad comprobada de forma individual y no mediante criterios generales de suspensión.
Este revés legal obliga a la cartera de Capital Humano a reactivar los pagos de aquellos beneficiarios que, cumpliendo con los requisitos de contraprestación, dejaron de percibir el monto mensual. La Justicia consideró que el programa Volver al Trabajo cumple una función crítica en el sostenimiento de ingresos de los sectores informales y que su desfinanciamiento intempestivo vulnera derechos constitucionales básicos.
Montos vigentes y fecha de cobro para mayo 2026
Los beneficiarios del programa Volver al Trabajo deben conocer los valores actualizados que el Gobierno debe liquidar cumpliendo con la manda judicial. A diferencia de otros beneficios de ANSES, este programa mantiene un monto fijo que no se actualiza por la movilidad jubilatoria, aunque se encuentra bajo análisis de readecuación para el próximo semestre.
- Monto mensual de la prestación: $78.000
- Concepto: Asistencia directa para la capacitación y terminalidad educativa.
El calendario de pagos se mantiene generalmente de forma unificada durante los primeros diez días hábiles de cada mes. Para el mes de mayo, se espera que el depósito se realice entre el 5 y el 8 del mes, impactando directamente en las cuentas sueldo de los titulares. Es importante destacar que este beneficio es incompatible con la percepción de otras jubilaciones o pensiones contributivas, pero sí es compatible con la Asignación Universal por Hijo y la Tarjeta Alimentar.
Requisitos de permanencia y contraprestación obligatoria
Para evitar futuras suspensiones que queden fuera del amparo judicial, los titulares de Volver al Trabajo deben cumplir con una serie de obligaciones que el Ministerio de Capital Humano fiscaliza a través de la plataforma oficial. La Justicia permite que el Estado controle el cumplimiento, siempre y cuando no se utilicen las auditorías como un mecanismo de recorte masivo sin sustento.
- Inscripción obligatoria en el Portal Empleo para acceder a ofertas laborales y cursos de formación.
- Participación en talleres de orientación laboral y prácticas profesionales que asigne el programa.
- Finalización de estudios primarios y secundarios en caso de no haber completado la escolaridad obligatoria.
- Mantenimiento de los datos personales y de contacto actualizados en la aplicación Mi Argentina.
El incumplimiento reiterado de estas contraprestaciones es la única vía legal por la cual el Ministerio podría proceder a la baja definitiva del titular. Sin embargo, con el nuevo fallo, se garantiza que quienes estén cumpliendo con sus obligaciones y hayan sido dados de baja por error o por criterios técnicos globales, recuperen su cobro de manera retroactiva.














