La comisión de Comercio Interior, Pequeña y Mediana Empresa y Turismo del Senado bonaerense en las últimas horas despachó por unanimidad el proyecto de ley de pirotecnia cero que busca prohibir el uso de “artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro” en la provincia de Buenos Aires para “proteger la salud de la población” de los “efectos audibles, fumígenos, químicos y físicos”.
El artículo 3 del dictamen aprobado por unanimidad consigna: “Prohíbase en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la comercialización, la venta al público mayorista o minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.
La comisión de Turismo del Senado bonaerense arribó a un articulado de consenso tras realizar rondas de expositores en las que disertaron familiares de niños con TEA, especialistas en discapacidad, activistas por los derechos de los animales, excombatientes, representantes de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) e integrantes del Sindicato Único de Empleados de la Industria de la Pirotecnia y Afines (SUEIPA).
El proyecto de pirotecnia cero que obtuvo su primer despacho favorable en el Senado bonaerense también introduce una regulación para los actos oficiales al prohíbir “la adquisición y uso por parte del Sector Público Provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.
Sin embargo, el articulado de pirotecnia cero excluye de la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, en la navegación marítima y fluvial, y en las fuerzas de seguridad, y también los que se manipulan en casos de localización de personas, sistemas de seguridad, detección de incendios y emergencias, entre otros.
También establece “multas de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la provincia de Buenos Aires” para las personas físicas y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que vendan “en forma mayorista o minorista” artificios o cohetería. El dinero recaudado irá para campañas de concientización y capacitaciones para el personal de control.