Monotributo: Afip postergó el vencimiento de la cuota del 25 de junio ¿Hasta cuándo?

Sofía Martínez

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar el vencimiento de la cuota del 25 de junio al 5 de agosto. “La postergación busca garantizar que los pequeños contribuyentes puedan pagar sus obligaciones con los valores previstos en el proyecto de ley de alivio fiscal para monotributistas que se discute en el Congreso”, indicaron desde el organismo.

Además, AFIP informó a las entidades bancarias y tarjetas de crédito que suspendan en julio los débitos automáticos previstos para este viernes a los monotributistas adheridos en esas modalidades de pago. “Los pequeños contribuyentes que ya hubieran cumplido con sus obligaciones del mes contarán con un saldo a favor para imputar a próximos vencimientos. Esta posibilidad estará disponible una vez sancionada e instrumentada la iniciativa parlamentaria de alivio”, detallaron.

En este sentido, a través de la Resolución General N° 5016 también se posterga hasta el 5 de agosto los vencimientos de las cuotas que corresponden a los períodos devengados entre enero y mayo que vencían el 20 de julio.

“De esta forma, aquellos contribuyentes que todavía no ingresaron los pagos para dichos meses contarán con más tiempo para cumplir con sus obligaciones. Además de postergar los vencimientos del mes corriente, la norma abarca el período enero a junio con el objetivo de facilitar el acceso a los beneficios en materia de regularización contemplados en el proyecto de ley que contempla un plan de pagos de hasta 60 cuotas para monotributistas”, explicaron desde la AFIP en un comunicado.

Tras varios traspiés con los valores del Monotributo a principio de año con la actualización de las escalas, la Ley 27.618 incrementaba las escalas y categorías en un 35,5% retroactivo a enero.

Días después el Gobierno enviaba otro proyecto de ley, que aun no fue aprobado, donde establecen que las escalas de enero a junio se mantienen con los mismos parámetros del año 2020.

El artículo 2º del proyecto de ley enviado al Congreso establece que “Los valores mensuales de las cuotas a ingresar —impuesto integrado y cotizaciones previsionales, incluido obra social— del Régimen Simplificado correspondientes a los meses de enero a junio de 2021, ambos inclusive, serán retrotraídos a los vigentes para el mes de diciembre 2020 para cada una de las categorías, respectivamente”.

A su vez, en el proyecto, se preven beneficios para la transición al Régimen General y una moratoria para el componente impositivo y previsional del impuesto.

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