El Gobierno confirmó la continuidad de Acompañamiento Social: quiénes cobran y los motivos de baja

El Gobierno nacional ratificó la continuidad del programa y fijó su fecha límite de pago, aunque estableció un filtro estricto de requisitos obligatorios para no perder el beneficio.

Extensión confirmada: la fecha exacta hasta cuándo se pagará

A través de la Resolución 90/2026 del Ministerio de Capital Humano, el Poder Ejecutivo dispuso extender la vigencia del plan por un plazo de 48 meses.

De esta forma, la prestación económica se garantizará hasta abril de 2028, siempre sujeta a la disponibilidad presupuestaria oficial.

Quiénes son los únicos grupos habilitados para seguir cobrando

La nueva normativa determina que no habrá nuevas altas y solo seguirán cobrando quienes ya integraban el padrón.

Además, deberán pertenecer de manera obligatoria a alguno de estos tres sectores prioritarios:

  • Personas de 50 años o más en situación de vulnerabilidad social.
  • Mujeres con 4 o más hijos menores de 18 años.
  • Titulares que cumplan strictly con las corresponsabilidades y obligaciones del programa.

Motivos de baja automática e incompatibilidades fijadas

El Ministerio de Capital Humano detalló un listado de situaciones que generarán la baja inmediata del programa:

  • Ser propietario de un comercio o explotación agropecuaria.
  • Poseer más de un inmueble registrado.
  • Tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad.
  • Ser titular de embarcaciones o aeronaves.
  • Cobrar otros planes de empleo, desempleo o jubilaciones incompatibles.
  • Registrar viajes al exterior que contradigan la vulnerabilidad social.

Reorganización operativa y control presupuestario

Además de extender los plazos, la Resolución 90/2026 actualizó los lineamientos operativos del programa para endurecer el seguimiento de los beneficiarios.

A su vez, la norma dispuso la prórroga de la Unidad Ejecutora, el organismo encargado de auditar la entrega de recursos hasta el fin de la vigencia en 2028.

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