El acceso a la vivienda continúa siendo un desafío para muchos argentinos, y las entidades financieras buscan generar alternativas que faciliten la compra o refacción de inmuebles. En este marco, el Banco Nación reafirma su liderazgo en créditos hipotecarios con condiciones diferenciales pensadas para un grupo específico de trabajadores.
Plazos de pago de los créditos hipotecarios
El Banco Nación establece distintos plazos según el tipo de préstamo solicitado:
- Adquisición o cambio de vivienda: 5, 10, 15, 20, 25 o 30 años.
- Construcción: 5, 10, 15, 20, 25 o 30 años desde el primer desembolso.
- Ampliación, refacción o terminación: 5, 10 o 15 años desde el primer desembolso.
Líneas de créditos hipotecarios disponibles
La entidad bancaria ofrece préstamos para diferentes necesidades:
- Adquisición o cambio de vivienda.
- Construcción.
- Refacción, terminación o ampliación.
Condiciones generales y cobertura
Para todos los usuarios, el Banco Nación cubre un porcentaje del valor de la vivienda:
- La cobertura estándar es del 75% del valor del inmueble, es decir, el préstamo financia solo una parte del precio total.
Beneficios exclusivos para empleados públicos
El Banco Nación lanzó una propuesta especial para empleados públicos nacionales y provinciales, quienes cuentan con condiciones preferenciales en sus créditos:
- Cobertura del 90% del valor del inmueble, superior a la estándar.
- Tasas de interés preferenciales, diferenciadas del resto del público.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Los empleados públicos habilitados para este programa incluyen:
- Personal en planta permanente.
- Personal contratado o asimilable que cobre sus haberes mediante BNA.
- Titulares de Cuenta Especial de Regularización de Activos (C.E.R.A.) abiertas en el banco, perciban o no sus ingresos a través de la institución.
Requisitos obligatorios
Para acceder al beneficio, el Banco Nación solicita:
- Presentar hasta dos usuarios titulares y hasta dos codeudores, quienes deben ser familiares directos (padres, hijos o hermanos).
- En caso de personal contratado, se requiere al menos un codeudor familiar directo en actividad laboral bajo relación de dependencia en planta permanente, jubilado, pensionado o autónomo.