Si tenías dudas sobre cuánto te tocará pagar el próximo mes o cómo quedan los topes de tu categoría, ARCA ya confirmó los nuevos valores oficiales: a partir de agosto de 2026 entra en vigencia una nueva escala.
El ajuste afecta tanto a las categorías tradicionales como al Monotributo Social, fijando las cuotas mensuales que regirán hasta enero de 2027.
Nuevo valor fijado para el Monotributo Social desde agosto de 2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció la nueva cuota en $12.847,27 mensuales.
Este importe se mantendrá congelado hasta enero de 2027, gracias a que el Estado continúa subsidiando el 100% del componente impositivo y previsional, cubriendo además el 50% de la obra social.
Compatibilidad garantizada con la AUH y otros programas de ayuda
Quienes se encuentren registrados en el Régimen Social pueden facturar sus trabajos sin temor a perder la contención estatal.
El esquema permite seguir cobrando la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y la Tarjeta Alimentar.
Requisitos de ingresos e incompatibilidades fijadas por el Gobierno
Para tramitar o mantener esta condición, el límite de ingresos brutos anuales se fijó en $12.009.410,45 (tope máximo de la Categoría A).
Entre las condiciones se exige poseer hasta un máximo de dos inmuebles y tres bienes muebles registrables, no ser empleador ni ejercer una profesión universitaria como actividad principal.
Las nuevas escalas y topes de facturación anual por categoría
Para el régimen simplificado tradicional, los nuevos techos de facturación anual vigentes desde el 1° de agosto de 2026 quedan de la siguiente manera:
- Categoría A: $12.009.410,45
- Categoría B: $17.595.182,74
- Categoría C: $24.670.494,31
- Categoría D: $30.628.651,43
- Categoría E: $36.028.231,33
- Categoría F: $45.151.659,41
- Categoría G: $53.995.798,87
- Categoría H: $81.924.660,37
- Categoría I: $91.699.761,90
- Categoría J: $105.012.519,20
- Categoría K: $126.610.838,75
Cuotas mensuales a pagar a partir del 20 de agosto
Los valores finales a cancelar según la actividad desarrollada pasarán a ser los siguientes:
- Categoría A: $49.527,18 (servicios y bienes).
- Categoría B: $56.379,08 (servicios y bienes).
- Categoría C: $66.020,12 (servicios) y $64.530,58 (bienes).
- Categoría D: $84.612,93 (servicios) y $82.564,81 (bienes).
- Categoría E: $119.811,45 (servicios) y $108.267,51 (bienes).
- Categoría F: $150.784,21 (servicios) y $129.930,65 (bienes).
- Categoría G: $230.312,94 (servicios) y $158.815,05 (bienes).
- Categoría H: $522.706,68 (servicios) y $317.895,01 (bienes).
- Categoría I: $963.747,86 (servicios) y $474.992,78 (bienes).
- Categoría J: $1.167.299,76 (servicios) y $580.793,69 (bienes).
- Categoría K: $1.614.446,04 (servicios) y $702.103,24 (bienes).
