Cortes y desvíos en la Autopista La Plata-Buenos Aires: qué camiones no podrán circular entre el 6 y el 13 de noviembre

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dispuso restricciones de tránsito y desvíos para vehículos de carga pesada con motivo de la visita del papa León XIV a la Argentina.

Fechas y horarios confirmados para las restricciones de tránsito

Las limitaciones en la circulación comenzaron el 6 de noviembre y se extenderán hasta el 13 de noviembre inclusive.

Las restricciones rigen todos los días de la semana y en ambos sentidos de circulación en los principales corredores viales del país.

La medida busca ordenar el flujo vehicular y garantizar la fluidez en los accesos clave durante los días de mayor concentración de personas.

Tramos afectados en la Autopista La Plata-Buenos Aires y accesos a CABA

En la Autopista La Plata-Buenos Aires (Ruta Nacional N° 1), la restricción abarca el tramo comprendido entre Hudson y la Capital Federal.

El operativo desplegado por las autoridades viales contempla además cortes y limitaciones para el transporte pesado en las siguientes trazas:

  • Ruta Nacional N° 5: tramo comprendido entre Chivilcoy y Luján.
  • Ruta Nacional N° 7: desde Carmen de Areco hasta Luján, y desde Luján hasta la avenida General Paz.
  • Ruta Nacional N° 9: sector entre Campana y la avenida General Paz.
  • Ruta Nacional N° 8: desde el peaje Larena (Pilar) hasta el Acceso Norte.
  • Autopista Ezeiza-Cañuelas: tramo entre Cañuelas y la avenida General Paz.

Vehículos alcanzados por la prohibición de circular

La prohibición está dirigida de forma exclusiva a vehículos de transporte de carga pesada y sus acoplados.

Los automóviles particulares, transporte de pasajeros y unidades livianas podrán circular con normalidad, aunque se advierte que habrá demoras por los controles de seguridad.

Se recomienda a los conductores planificar los viajes con anticipación y utilizar vías alternativas durante las horas pico del operativo.

Excepciones vigentes: los transportes que sí podrán circular

La resolución publicada en el Boletín Oficial contempla excepciones para servicios esenciales y abastecimiento prioritario:

  • Alimentos y producción: camiones con leche cruda y derivados, animales vivos, así como frutas y verduras.
  • Combustibles y salud: transporte de combustibles, GNC, GLP, gases medicinales y medicamentos.
  • Servicios e higiene: vehículos de recolección de residuos sólidos urbanos, sebo, huesos y cueros.
  • Emergencias y prensa: unidades de auxilio mecánico, ambulancias, fuerzas de seguridad, móviles de medios de comunicación y vehículos con orden judicial.

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