No podrá ir a la cancha por deber $350.000 de la cuota alimentaria

Sofía Martínez

El Juzgado de Familia de Sexta Nominación de Córdoba, decidió impedir el acceso a la cancha a un hombre que cuenta con una deuda de más de $350.000 en la cuota alimentaria de su hijo de 7 años.

El hombre es fanático de Belgrano de Córdoba y el fallo argumentó que “el desapego del progenitor a sus obligaciones de fuente legal alimentaria y su falta de interés por el bienestar de su hijo” establece una pena para el demandado: no podrá ir a la cancha a ver los partidos de su club.

Este caso comenzó en el año 2019, a partir de la  denuncia de a madre del menor. Actualmente, el padre tiene una deuda de $365.286,80. Marcel Alejandra Menta, jueza de Familia de Córdoba ordenó también su inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Dichas medidas tienen por objeto corregir al alimentante incumplidor para garantía del deber de asistencia económica y subsistencia material del beneficiario afectado”, indicó la resolución firmada por Menta.

Agregó también que se trata de “un derecho humano básico por lo que corresponde buscar alternativas para garantizar el efectivo cumplimiento de la cuota alimentaria, siempre en un marco de razonabilidad teniendo en miras que su fin es lograr revertir el incumplimiento del progenitor remiso”.

Por su parte, Alejandra Anglada Torres, abogada de la madre y el niño, explicó que: “Ante el incumplimiento reiterado y sistemático por parte del alimentante es que nos vimos en la necesidad de solicitar a su señoría que aplique medidas sancionatorias”.

Sobre la resolución, aclaró que las medidas “se mantendrán hasta tanto el padre acredite encontrarse al día con las obligaciones alimentarias a su cargo”.

ETIQUETAS
Compartir este artículo