Máximo Kirchner podrá pagar su deuda con AFIP en 8 años

Sofía Martínez

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó a Máximo Kirchner para ingresar a moratoria y de esa manera saldar las deudas tributarias que tiene desde hace 4 años por las propiedades heredadas de su padre.

Su deuda de Impuesto sobre las Ganancias de Personas Humanas y sobre los Bienes Personales es de más de $4.000.000 según indicó su abogado defensor, Carlos Beraldi.

Por su parte, AFIP determinó que Máximo pague unas 96 cuotas de $19.840 cada una, a lo que terminaría pagando poco más de $1,9 millón. Además, deberá pagar el impuesto a las grandes fortunas (si se convierte en ley); si bien Máximo se encuentra embargado, el legislador cuenta con un patrimonio de $292 millones y el aporte es a partir de los $200 millones.

¿Por qué acumula estas deudas?

La deuda fiscal del líder de La Cámpora se generó por un conjunto de impuestos de las propiedades que heredó de su padre y de la cual no es administrador por decisión de la Justicia desde el año 2016. El diputado y su hermana, Florencia, forman parte de un condominio administrador de las propiedades de la herencia de Néstor Kirchner.

Este condominio tiene 25 propiedades de la sucesión del expresidente Néstor Kirchner. Y a principios de 2016, cuando Cristina Kirchner cedió su patrimonio a sus hijos, los dejó con un 50% de cada uno de esos bienes.

A su vez, el juez Claudio Bonadío, quien estaba a cargo de la causa por la inmobiliaria Los Sauces, ordenó intervenir no solo esa firma sino también el condominio administrado por los herederos Kirchner. Recientemente, el Tribunal Oral 5, ordenó que afronte las deudas impositivas acumuladas del año 2016 a esta parte por las empresas.

Entonces como titular de esa mitad de bienes del condominio, Máximo Kirchner está alcanzado por el impuesto sobre los Bienes Personales. Sumando las “obligaciones fiscales de IVA y Ganancias” generados del alquiler de Los Sauces.

Su abogado defensor explicó que el Máximo “fue desapoderado de sus propiedades, no puede usufructuarlas y los fondos recaudados por su locación son administrados por una auxiliar de la justicia”.

Y agregó que debe “soportar cuantiosas cargas tributarias que son consecuencia directa e inmediata de la titularidad registral de inmuebles de los que fue despojado (Bienes Personales) y de una actividad comercial que, en la actual coyuntura, no le redunda ningún rédito (IVA y Ganancias)”.

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