Cada año, el sector comercial argentino dedica un día a reconocer la labor de sus trabajadores. Esta fecha, que se estableció hace casi un siglo, no solo representa un espacio de descanso para quienes integran el rubro, sino también un símbolo de los derechos conquistados a lo largo del tiempo.
Origen del Día del Empleado de Comercio
El Día del Empleado de Comercio tiene su origen en la ley N° 11.729, sancionada el 26 de septiembre de 1934, que reguló las relaciones laborales dentro del sector.
En 2009, con la ley N° 26.541, se fijó oficialmente la conmemoración del día, lo que significó un avance en derechos, ya que reguló aspectos como las licencias por enfermedad y otros beneficios laborales.
Traslado de la fecha en 2025
Si bien la efeméride corresponde al viernes 26 de septiembre, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) junto con las Cámaras Empresarias de Comercio acordaron trasladar la conmemoración al lunes 29 de septiembre de 2025.
Esto implica que, a nivel nacional:
- Los empleados de comercio no prestarán servicios el lunes 29.
- Tiendas, supermercados y shoppings permanecerán cerrados.
- Los consumidores deberán organizar sus compras con anticipación.
Cómo se paga el Día del Empleado de Comercio
La normativa vigente establece que el asueto no afecta el salario de los trabajadores. Por lo tanto:
- El empleador no puede descontar la jornada.
- Quienes trabajen ese día deberán hacerlo de manera voluntaria.
- Los comercios podrán abrir únicamente si son atendidos por sus dueños o por empleados que acepten trabajar.
- En caso de prestar servicios, los trabajadores deberán percibir el pago correspondiente a un feriado nacional, según lo estipulado por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
De esta forma, la jornada adquiere el mismo tratamiento que un feriado, garantizando que no haya pérdida de ingresos y que, en caso de trabajar, se cobre un adicional especial.