El Gobierno nacional estableció un cupo laboral mínimo de personas travestis, transexuales y transgénero en el sector público. La medida fue anunciada este viernes en el Boletín Oficial medida fue anunciada este viernes en el Boletín Oficial.
De acuerdo con esta medida, “los cargos de personal” en el Estado deberán ser ocupados “en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos” por integrantes de esa comunidad LGBT.

Para que se cumpla esta normativa, “se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente” por ese grupo y, al mismo tiempo, se guardarán “las vacantes que se produzcan” por la salida de “los y las agentes que hayan ingresado” bajo este régimen.
No obstante, se aclaró que “en ningún caso” esta norma “debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes”, por lo que no se podrá despedir a los empleados públicos en actividad para garantizarles el lugar a los nuevos ingresantes.
Además, el Gobierno creó un “Registro de Anotación Voluntaria de Personas Travestis, Transexuales y/o Transgénero Aspirantes a Ingresar a Trabajar en el Sector Público Nacional”, el cual contendrá los perfiles laborales de los interesados, aunque no será obligatorio estar dentro de esta lista para conseguir el empleo.
















