Un vehículo 0 km que debía representar tranquilidad terminó en una demanda judicial: el motor se fundió a los tres meses de uso, con apenas 7.399 kilómetros, y aunque el vehículo fue reparado por la garantía, la Justicia entendió que la demora también debía ser indemnizada.
El caso fue resuelto por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Tres Arroyos, en la Provincia de Buenos Aires, no en CABA. La sentencia condenó de manera solidaria a FCA Automobiles Argentina S.A. y a la concesionaria Aliva S.A. a pagar $3.135.000, más intereses y costas, a favor del comprador.
El dato que vuelve relevante al fallo es que el desperfecto sí fue cubierto por la garantía oficial. Sin embargo, para la jueza, eso no alcanzó: el consumidor pasó cerca de cinco meses sin poder usar la camioneta y la reparación no fue resuelta en un plazo razonable.
Camioneta 0 km con falla: qué pasó y por qué hubo indemnización
Según surge del expediente judicial, el comprador adquirió una Fiat Strada Working 0 km mediante un crédito prendario. La unidad fue entregada el 30 de octubre de 2021 y, tres meses después, sufrió una rotura completa del motor mientras el usuario viajaba con su esposa por el sur del país.
La pareja quedó varada en la ruta y debió pasar una noche en una estación de servicio. Luego, el vehículo fue trasladado hasta Tres Arroyos. En ese momento, la camioneta tenía solo 7.399 kilómetros recorridos y contaba con los servicios de mantenimiento realizados.
La concesionaria reconoció la operación y sostuvo que la reparación se realizó bajo la garantía del fabricante. También indicó que la demora se vinculó con la disponibilidad del motor y con los trámites administrativos necesarios para documentar el reemplazo.
La automotriz, por su parte, cuestionó que existiera una relación directa con el comprador y planteó que el vínculo contractual se había dado con la concesionaria. Pero el juzgado encuadró el caso como una relación de consumo y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor.
Cuánto deberá pagar la automotriz y qué rubros reconoció el fallo
La sentencia no ordenó entregar una unidad nueva, porque el vehículo finalmente fue reparado y devuelto. Pero sí reconoció que el comprador padeció un perjuicio por la falla, la espera y la falta de una solución rápida.
| Dato clave | Detalle del fallo |
|---|---|
| Vehículo | Fiat Strada Working 0 km |
| Kilometraje al momento de la falla | 7.399 km |
| Tiempo sin usar el vehículo | Aproximadamente cinco meses |
| Daño moral | $3.000.000 |
| Gasto de traslado | $135.000 |
| Total reconocido | $3.135.000, más intereses y costas |
El monto principal fue fijado por daño moral. La jueza consideró que la frustración generada por la compra de una unidad nueva, la pérdida de movilidad y las molestias atravesadas durante varios meses justificaban una compensación extrapatrimonial.
También se reconoció el costo de traslado del vehículo, respaldado con factura. En cambio, otros rubros reclamados, como gastos de movilidad por la privación de uso, fueron rechazados por falta de prueba suficiente.
Por qué no alcanzó con reparar el vehículo en garantía
La clave del fallo está en el tiempo. Para la Justicia, la garantía no se agota en aceptar el desperfecto y reparar el bien: también exige que el servicio técnico sea adecuado, que haya repuestos y que el consumidor no cargue con una espera irrazonable.
La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor establece que los fabricantes, importadores y vendedores deben asegurar servicio técnico y suministro de partes y repuestos. Además, la garantía legal involucra a distintos integrantes de la cadena de comercialización.
En ese punto, el juzgado sostuvo que tanto la automotriz como la concesionaria debían responder de forma solidaria. Es decir, el consumidor no tenía que quedar atrapado en una discusión interna sobre quién debía resolver el problema.
La sentencia también marcó que, ante una reparación prolongada, las empresas podían haber ofrecido alternativas para mitigar el perjuicio, como un vehículo sustituto mientras durara la espera.
Qué puede hacer un consumidor si un auto 0 km falla
El caso vuelve a poner sobre la mesa una pregunta frecuente: qué derechos tiene quien compra un auto 0 km y sufre una falla grave. En Argentina, la garantía legal y la garantía comercial del fabricante pueden convivir, pero ninguna puede dejar sin protección al comprador.
Cuando un vehículo presenta una falla cubierta por garantía, es importante conservar la factura, el certificado de garantía, las órdenes de reparación, los comprobantes de ingreso al taller, los mensajes enviados al concesionario y cualquier gasto realizado por el desperfecto.
También conviene exigir por escrito la constancia de reparación, donde deben figurar las piezas reemplazadas, la fecha de ingreso y la fecha de devolución. Ese registro puede ser decisivo si luego se discute cuánto tiempo estuvo el consumidor privado del vehículo.
Si la empresa no responde o la solución se demora, el usuario puede iniciar un reclamo ante el sistema oficial de Defensa del Consumidor. Para eso se requieren datos personales, información del proveedor, detalles de la compra y documentación que respalde el reclamo.
Qué diferencia hay entre daño moral y daño punitivo
En este expediente, el comprador también pidió daño punitivo, una sanción civil prevista para castigar conductas especialmente graves de los proveedores. Sin embargo, ese punto fue rechazado.
La jueza entendió que no se acreditó una conducta dolosa, groseramente negligente o especulativa por parte de las empresas. Por eso, la condena quedó limitada al daño moral, al gasto de traslado, intereses y costas.
La diferencia no es menor: el daño moral busca compensar el padecimiento sufrido por el consumidor, mientras que el daño punitivo funciona como una sanción ejemplificadora frente a comportamientos graves.
El fallo no significa que cada falla mecánica en un 0 km derive automáticamente en una indemnización. Pero sí deja una señal clara: si el vehículo se rompe dentro de la garantía y la reparación se extiende durante meses sin una respuesta razonable, la empresa puede terminar respondiendo más allá del arreglo técnico.
