En el marco de la reciente reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal (N° 27.799), la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha emitido las Instrucciones Generales 2/2026 y 3/2026. Estas normativas marcan un antes y un después en la relación entre el fisco y los contribuyentes, estableciendo pautas más flexibles para quienes cumplen y endureciendo los montos de las multas, pero con plazos de prescripción notablemente más cortos. Este cambio busca, ante todo, reducir la litigiosidad y dar previsibilidad a las PyMEs y ciudadanos particulares.
Adiós a los 5 años: la nueva prescripción de 3 años
La novedad más relevante para el contribuyente cumplidor es la reducción del plazo de prescripción. Hasta ahora, el Estado tenía 5 años para reclamar deudas o inspeccionar períodos pasados. A partir de esta reglamentación, ese plazo se reduce drásticamente para quienes mantengan su situación al día.

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Condiciones para acceder al plazo de 3 años:
- Haber presentado la Declaración Jurada (DDJJ) en término.
- Haber regularizado el saldo resultante (ya sea mediante pago contado o plan de facilidades).
- Que no exista una “discrepancia significativa” detectada por ARCA (una diferencia mayor al 15% o superior a $100.000.000).
Para las obligaciones de la Seguridad Social, el plazo general de 10 años también se ve beneficiado, reduciéndose a 5 años bajo condiciones similares de cumplimiento.
Multas actualizadas: montos vigentes desde enero 2026
Si bien se busca premiar al cumplidor, la ARCA también ha actualizado los montos de las multas formales, los cuales habían quedado totalmente desfasados por la inflación. Estas nuevas cifras aplican para incumplimientos ocurridos a partir del 2 de enero de 2026.
| Tipo de Infracción | Monto Personas Humanas | Monto Personas Jurídicas |
| Falta de presentación de DDJJ | $220.000 | $440.000 |
| Incumplimiento a regímenes de info | Hasta $5.000.000 | Hasta $10.000.000 |
| Falta de domicilio fiscal electrónico | $250.000 | $500.000 |
Importante: ARCA ha dispuesto un beneficio por pago voluntario. Si el contribuyente presenta la DDJJ omitida y paga la multa dentro de los 15 días de haber sido notificado, el monto de la sanción se reduce automáticamente al 50% y el incumplimiento no quedará registrado como antecedente negativo.
El “período de gracia” por actualización de sistemas
Debido a la migración tecnológica interna del organismo (adecuación de los sistemas SITRIB y SINGER), ARCA ha establecido un plazo de espera especial. Para todas las Declaraciones Juradas que vencieron entre el 2 de enero de 2026 y la fecha actual, habrá un margen de 20 días corridos después de que los sistemas estén operativos antes de que el fisco comience a enviar intimaciones automáticas.
Esto permite que los contribuyentes que tuvieron dificultades técnicas para presentar sus formularios en las últimas semanas no sean sancionados de manera injusta.
Cambio de umbrales en el Régimen Penal Tributario
La ley que sustenta estas medidas también elevó los montos mínimos para que una evasión sea considerada un delito penal. Esto significa que ARCA ya no llevará a la justicia penal casos de montos menores, concentrando sus esfuerzos de fiscalización en los grandes evasores.
- Evasión Simple: El umbral subió de $1.500.000 a $100.000.000.
- Evasión Agravada: El piso pasó de $15.000.000 a $1.000.000.000.
Esta medida busca aliviar la carga de los juzgados federales y permitir que los contribuyentes con deudas menores puedan resolver su situación de manera administrativa, pagando lo adeudado sin el riesgo de afrontar una causa penal.
Lo que el contribuyente debe hacer ahora
Para aprovechar este nuevo “escudo” de inocencia fiscal, la recomendación de los expertos es clara: presentar todo en término. La reducción de la prescripción a 3 años funciona como un premio a la puntualidad; perder esa condición por un olvido administrativo puede significar que ARCA mantenga su facultad de revisar tus cuentas por dos años adicionales (volviendo al esquema de 5 años).










