Plan de pagos de ARBA: Moratoria para el pago de patentes, inmobiliario e ingresos brutos

En el día de hoy, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) lanzó un nuevo plan de pago para los contribuyentes cuya actividad haya sido afectada económicamente por la pandemia.

Impuestos de ARBA

De esta manera, se busca que los beneficiarios puedan regularizar sus deudas de Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario básico, tanto en planta urbana edificada como rural, vencidas en este año.

El director de ARBA, Cristian Girard informó que la medida “se suma al conjunto de beneficios que implementó el gobierno de Axel Kicillof para aliviar la situación de familias y empresas bonaerenses y consolidar la recuperación económica de la Provincia”.

¿Quiénes entran en este plan de pago?

El programa de la provincia se engloba bajo el nombre de “Plan Covid-19 de ARBA” y prevé facilidades para distintos contribuyentes. Entre ellos se incluye:

  • Comercios
  • Autónomos
  • Pymes
  • Empresas y demás contribuyentes de Ingresos Brutos, que hayan tenido caída de ventas o aumentos inferiores al 40% en su facturación

Moratoria de ARBA

Página de ARBA

Esta nueva moratoria se creó para que los beneficiarios puedan regularizar sus deudas y detalla cómo y qué impuestos se podrá pagar:

  • Se pueden regularizar deudas impositivas en hasta 18 cuotas sin interés.
  • El plan de pago estará abierto hasta el 31 de octubre próximo
  • Incluye impuestos vencidos entre el 1° de enero y el 31 de agosto de 2021.
  • En el caso de Inmobiliario y Automotores, los contribuyentes de Ingresos Brutos pueden cancelar aquellas deudas correspondientes a bienes que se encuentren asociados a su CUIT.

¿Cómo me adhiero a la Moratoria de ARBA?

La adhesión al programa de regularización se realiza desde la web.

  • Deberás ingresar en https://web.arba.gov.ar/
  • Luego pones tu CUIT y clave de identificación tributaria (CIT) y podrás realizar tus pagos y consultas.

Para quienes decidan sumarse al plan, el organismo estableció un período de gracia adicional de hasta 2 meses para comenzar a pagarlo. El vencimiento para el pago al contado o de la primera cuota, operará el día 10 del mes subsiguiente al de la formalización del plan (si se adhiere en agosto comenzará a pagar en octubre).

Y los pagos restantes vencerán, en forma mensual y consecutiva, el día diez de cada mes o inmediato posterior hábil, si aquel resultara inhábil.

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