La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha informado que en agosto de 2025 se abonará un bono extraordinario para un grupo específico de jubilados y pensionados, destinado a mejorar su poder adquisitivo. Sin embargo, también se detallaron quienes no serán beneficiados por esta medida.
Detalles sobre el bono de ANSES y quiénes son los beneficiarios
Mediante el Decreto 523/2025, el gobierno ha confirmado que el bono se otorgará a los adultos mayores que perciben el haber mínimo de ANSES. Este bono es fundamental para ayudar a mantener el nivel de vida de aquellos que tienen pensiones reducidas.
Con la inclusión del bono y un aumento de 1,62% correspondiente a la inflación de junio, las jubilaciones mínimas alcanzarán un total de $384.305,37. El haber inicial para agosto se establece en $314.305,37.
Los beneficiarios que recibirán el bono de $70.000 son:
- Jubilados y pensionados que cobren la mínima o menos de $384.305,37
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)
- Pensión No Contributiva por Invalidez y Vejez
- Pensión No Contributiva para madres de 7 hijos
- Otras pensiones no contributivas
En cuanto al PUAM, el monto total a recibir en agosto será de $321.444,30. Las pensiones no contributivas se distribuyen de la siguiente manera:
Tipo de Pensión | Monto con Bono |
---|---|
Pensión No Contributiva por Invalidez | $290.013,75 |
Pensión No Contributiva para Madres de siete hijos | $384.305,37 |
Pensión No Contributiva por Vejez | $290.013,75 |
Fechas de cobro para jubilados y pensionados en agosto de 2025
Los beneficiarios que perciben jubilaciones y pensiones bajo el monto mínimo podrán cobrar sus haberes según el siguiente calendario:
- Documentos terminados en 0: a partir del viernes 8 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 1: a partir del lunes 11 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 2: a partir del martes 12 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 3: a partir del miércoles 13 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 4: a partir del jueves 14 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 5: a partir del viernes 15 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 6: a partir del lunes 18 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 7: a partir del martes 19 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 8: a partir del miércoles 20 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 9: a partir del jueves 21 de agosto de 2025
Para los beneficiarios de jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo, el calendario será el siguiente:
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del viernes 22 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del lunes 25 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del martes 26 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del miércoles 27 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del jueves 28 de agosto de 2025
Por último, los beneficiarios de Pensiones No Contributivas cobrarán de la siguiente manera:
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del viernes 8 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del lunes 11 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del martes 12 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del miércoles 13 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del jueves 14 de agosto de 2025