AFIP otorga reintegros a monotributistas ¿Cuáles son los requisitos y cómo solicitarlo?

Sofía Martínez

AFIP implementó un reintegro para monotributistas. Descubrí las categorías elegibles y el proceso de cobro de este nuevo beneficio fiscal, a su vez, los requisitos y cómo acceder al mismo.

Monotributo AFIP

La AFIP está implementando reintegros para los monotributistas de las categorías A, B, C y D en marzo de 2024, destinados a aquellos que fueron cumplidores con sus pagos durante el último año.

Este beneficio se dirige específicamente a los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, es decir, los monotributistas que efectuaron puntualmente sus pagos mensuales durante los últimos doce meses a través de débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito.

Según la normativa de la AFIP, aquellos que hayan comenzado su actividad o que hayan tenido un período calendario irregular recibirán un reintegro del 50%, siempre y cuando hayan pagado entre 6 y 11 meses en tiempo y forma.

Requisitos para acceder a la devolución de AFIP

Para acceder al reintegro otorgado por la AFIP para los monotributistas, se deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber pagado las 12 cuotas del año a tiempo.
  • Estar inscrito en débito directo en cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
  • Cumplir con todas las obligaciones del monotributo.
  • Para los monotributistas nuevos, es decir, aquellos con menos de un año de antigüedad, pueden recibir hasta el 50% de reintegro si han cumplido con los pagos durante al menos 6 meses.

Proyecto que aumentaría el tope de facturación y el valor de las escalas de Monotributo

El Gobierno envió un nuevo proyecto de reforma fiscal a las provincias, el cual propone aumentar los límites de facturación y las cuotas del Monotributo, con incrementos que pueden alcanzar hasta el 105% y el 130%, respectivamente.

Según el texto al que TN tuvo acceso, se establece un tope de ingresos anuales de $3.000.000 para la categoría A y de $30,5 millones para la categoría K. Además, la modificación de las escalas del Monotributo se realizaría de forma trimestral, vinculada al índice de precios al consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, y entraría en vigor a partir de abril si el proyecto avanza.

¿Cuáles son los cambios propuestos?

Los cambios propuestos en las escalas de facturación del Monotributo, de ser aprobados, se traducirían en los siguientes límites para cada categoría:

  • Categoría A: hasta $3.000.000 o $250.000 mensuales
  • Categoría B: $4.000.000
  • Categoría C: $5.500.000
  • Categoría D: $7.500.000
  • Categoría E: hasta $10.000.000
  • Categoría F: $13.000.000
  • Categoría G: $16.500.000
  • Categoría H: $20.500.000
  • Categoría I: $25.000.000
  • Categoría J: $30.000.000
  • Categoría K: $30.500.000

Además, en relación con las cuotas mensuales del Monotributo, el proyecto oficial establece los montos que deberán pagar los contribuyentes del sistema. Estas cuotas mensuales serían las siguientes, dependiendo de la categoría:

  • Categoría A: $26.100
  • Categoría B: $28.580
  • Categoría C: $32.358 para servicios y $31.688 para la venta de productos
  • Categoría D: $40.444 para servicios y $39.344 para productos
  • Categoría E: $50.348 para servicios y $48.648 para la venta de bienes muebles
  • Categoría F: $62.783 para servicios y $60.283 para la venta de productos
  • Categoría G: $84.361 para servicios y $80.161 para productos
  • Categoría H: $133.097 para servicios y $124.597 para bienes
  • Categoría I: $159.007
  • Categoría J: $196.108
  • Categoría K: $246.919
ETIQUETAS ,
Compartir este artículo