Monotributo: Contribuyentes deberán abonar tres cuotas juntas el próximo trimestre ¿Por qué?

Denisse Helman

Los contribuyentes monotributistas abonarán tres cuotas juntas el próximo trimestre debido a una resolución del organismo en septiembre de 2023 sobre los pagos del tributo en los primeros meses del 2024. Detalles, a continuación.

Monotributo AFIP

La reciente decisión de la AFIP de requerir que ciertos monotributistas realicen el pago de tres cuotas en conjunto durante el trimestre comprendido por marzo, abril y mayo generó incertidumbre sobre quiénes se ven afectados por esta medida. Esta resolución, fue establecida el año pasado por el gobierno nacional y la misma buscaba proporcionar un alivio financiero a los contribuyentes bajo este régimen.

En dicha resolución, se establecía la posibilidad de postergar el pago de las cargas correspondientes al período entre septiembre de 2023 y febrero de 2024, y unificarlo con las mensualidades de marzo, abril y mayo, respectivamente. Sin embargo, según aclaraciones de Monotributistas Asociados de la República Argentina (MARA), esta disposición no abarca a todas las categorías del monotributo, lo que generó interrogantes sobre cuáles son los contribuyentes afectados por esta medida y cuáles no lo son.

¿Qué categorías de monotributo deben abonar tres cuotas en conjunto?

Desde la Asociación de Monotributistas, proporcionaron algunas aclaraciones importantes con respecto al pago del impuesto integrado en marzo, que son cruciales tener en cuenta:

  • Exención para categorías A y B puro: Los monotributistas de categoría A y B puro que no realizaron los pagos en los meses anteriores y están exentos de dicho componente no tienen la obligación de hacerlo. Esta exención se estableció por ley en 2022 gracias a la gestión de la Asociación.
  • Pago para otras categorías: Deben abonar este componente las categorías A y B no puros, así como las categorías C y D. En conjunto con los pagos de marzo, abril y mayo de 2024, también se deberán abonar los correspondientes a septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, junto con enero y febrero de 2024. Importante resaltar que este pago no incurre en intereses.
  • Continuidad del calendario de pagos: Aquellos monotributistas que decidieron pagar este componente en sus meses correspondientes continuarán con su calendario de pagos normal.
  • Pago sin intereses: El valor del componente integrado de los meses anteriores se abona sin generar intereses adicionales.

Por lo tanto, para los monotributistas inscritos que deben realizar los pagos correspondientes a los seis meses anteriores, deberán hacerlo de la siguiente manera:

  • Con la cuota de marzo, se abonarán los componentes integrados de septiembre y octubre de 2023.
  • Con la cuota de abril, se pagarán los componentes integrados de noviembre y diciembre de 2023.
  • Con la cuota de mayo, se abonarán los componentes integrados de enero y febrero de 2024.

Para aclarar dudas adicionales sobre el pago, los contribuyentes pueden consultar su situación ingresando a la Cuenta Corriente Monotributistas Autónomos (CCMA) en el sitio oficial de AFIP utilizando su CUIT y Clave Fiscal.

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