Un fallo judicial emitido por el Juzgado de Familia de San Lorenzo, en la provincia de Santa Fe, ha marcado un precedente inédito en el país al ordenar que un tío paterno se haga cargo del pago de la cuota alimentaria de sus sobrinos. La decisión se fundamenta en el principio de solidaridad familiar establecido en el Código Civil y Comercial, ante el incumplimiento reiterado del padre de los menores.
El caso se originó en 2023 tras el divorcio de los padres, momento en el cual se estableció que el progenitor debía abonar la cuota alimentaria. Sin embargo, el hombre dejó de cumplir con su obligación, primero al pasar de un empleo formal a uno informal y luego al volverse insolvente, aunque continuó trabajando de manera no registrada. Ante esta situación, la madre de los niños, quien se encuentra al cuidado exclusivo de ellos, solicitó una medida cautelar urgente.
El juez Marcelo Escola, a cargo del caso, consideró que las necesidades alimentarias de los hijos son impostergables y, dada la falta de recursos del padre, extendió la obligación alimentaria al hermano del progenitor, quien se encontraba en mejores condiciones económicas. La cuota alimentaria provisoria fijada equivale al 125% de la canasta de crianza para niños de entre 6 y 12 años, a lo que se suma un 30% del aguinaldo, cobertura de obra social, asignaciones familiares y gastos extraordinarios que puedan surgir.
El abogado de la madre, Federico Godoy, destacó que la mujer se sostiene con trabajos informales como la venta de comida y manualidades, lo que no alcanza para cubrir todas las necesidades básicas de los menores, quienes presentan diferentes tipos de discapacidad que requieren atención permanente y generan mayores costos.
Este fallo resalta la aplicación del principio de solidaridad familiar y ha sido considerado un precedente en la justicia argentina, ya que, aunque el Código Civil y Comercial no extiende explícitamente la obligación alimentaria a tíos y sobrinos, el juez entendió que era necesario garantizar los derechos de los niños en situación de vulnerabilidad.