
La organización de un evento de estas características, con venta de entradas (se habían vendido más de 500), es una clara infracción a la Ley de Nocturnidad (Ley Nº 14.050), dado que el lugar no contaba con habilitación o permiso, certificado de mínima seguridad contra incendios ni habilitación para el expendio de bebidas alcohólicas, entre otras irregularidades.
Es importante destacar la predisposición de la dueña de la quinta que iba a utilizarse para la actividad en cuestión, quien actuó con responsabilidad al enterarse de la situación.














