Cédula de Posesión Automotor: la clave para circular legalmente un vehículo sin transferencia

En la Argentina, es muy común encontrar vehículos que se vendieron de mano en mano sin que se completara el paso legal más importante: la transferencia. Si tenés un auto, una moto o una máquina que te pertenece pero cuyo título sigue a nombre de otra persona (porque falleció, se desconoce su paradero o no firma el 08), la Cédula de Posesión Automotor es el trámite que necesitás conocer.

Esta Cédula es, de hecho, el resultado de la Denuncia de Compra y Posesión, un mecanismo creado para formalizar la relación de hecho entre vos y el vehículo ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA).

Este documento te saca de la informalidad y te mete en la legalidad del tránsito, aunque no te da el título de propiedad.


¿Por qué te conviene tramitar la Cédula de Posesión?

La principal consulta de los usuarios que están en esta situación es cómo evitar problemas en la calle o qué hacer si ocurre un accidente. La Cédula de Posesión resuelve los problemas operativos y te otorga una fecha cierta para futuros reclamos de dominio.

Beneficio OperativoImplicancia Legal
Habilitación Total para CircularLas autoridades de tránsito no pueden secuestrarte el vehículo por falta de documentación que te vincule.
Protección PatrimonialPodés asegurar el auto a tu nombre y, si tenés un siniestro, la cobertura te va a responder porque tenés legitimidad sobre el bien.
Cumplimiento de ObligacionesTe permite tramitar la VTV/RTO (Revisión Técnica Obligatoria) y el pago de patentes, cumpliendo con la normativa vigente.
Inicio del Plazo de UsucapiónEl registro de la posesión te da un punto de partida oficial para iniciar un juicio de prescripción adquisitiva (usucapión) si no podés lograr la transferencia por vía administrativa.

Exportar a Hojas de cálculo

Es importante recalcar: la validez para la circulación es de un año, y tenés que renovarla anualmente en el Registro Seccional. Además, solo vos (el denunciante/poseedor) podés manejar con esta Cédula.


El paso a paso: cómo se inicia la Denuncia de Compra y Posesión

La DNRPA habilitó este trámite para que sea accesible, aunque requiere que el poseedor demuestre la legitimidad de su tenencia.

1. Prepará la Documentación: Tenés que reunir todos los papeles que tengas del vehículo, incluyendo el Título de Propiedad y la Cédula Verde (si los tenés, si no, se presenta la denuncia de extravío). Lo más crucial es contar con pruebas que demuestren cómo y cuándo obtuviste la posesión del auto (recibos, boletos de compraventa, testigos, etc.).

2. Iniciá la Precarga Online: Ingresá al sitio web de la DNRPA para hacer la precarga electrónica del trámite. Ahí vas a declarar bajo juramento las circunstancias de la adquisición, los datos de la persona que te vendió (si los conocés) y la fecha en que lo recibiste.

3. Solicitá el Turno: Una vez hecha la precarga, sacá turno para presentarte en el Registro Seccional donde está radicado el vehículo.

4. Presentación en el Registro: El día del turno, debés llevar:

  • Tu DNI y constancia de CUIT/CUIL.
  • El Formulario 12 (Verificación Policial) con vigencia.
  • El Libre Deuda de Patentes.
  • La documentación que prueba la posesión.
  • En el Registro vas a suscribir un Formulario 08 Digital (solo como comprador) y la Declaración Jurada donde asumís las responsabilidades por el uso del rodado.

¿Se convierte en Título? El futuro de tu dominio

La Cédula de Posesión es un parche legal, pero ¿podés transformar esa posesión en propiedad? Sí, pero depende de la respuesta del titular registral notificado:

  1. Transferencia Condicional: Una vez que hacés la Denuncia de Compra y Posesión, el Registro notifica al titular registral (el dueño formal) por carta documento.
    • Si el titular no se opone en el plazo legal, o si ya existía una Denuncia de Venta a tu favor, el Registro puede avanzar con la transferencia a tu nombre, aunque será de carácter condicional.
    • Si pasan 24 meses sin que haya oposición judicial o del titular, la inscripción queda firme y la transferencia se concreta.
  2. Juicio de Usucapión: Si el titular notificado se opone formalmente a tu Denuncia, o si el proceso judicial de la sucesión del dueño se complica, la única vía que te queda es la prescripción adquisitiva o usucapión.En este escenario, el trámite que hiciste ante la DNRPA te da una ventaja invaluable: la fecha cierta de tu posesión que necesitás para cumplir con los plazos de la ley civil y, de esa forma, iniciar el juicio para que un Juez te otorgue el título definitivo.

En resumen, la Cédula de Posesión Automotor te devuelve la paz mental para circular y te abre el camino, aunque sea largo, para que la ley reconozca que el vehículo es tuyo. No dejes de consultar con un mandatario o abogado si tu caso requiere una intervención judicial.

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