ANSES: ¿Qué es RENNYA?. La ayuda social de $20.571¿Quiénes pueden solicitarla?

Eric Olivera

La titular de Anses, Fernada Raverta, junto al secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Gabriel Lerner firmaron un convenio para que ambos organismos crucen datos con el fin de incluir a todos los niños y adolescentes en las asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Ambos funcionarios destacaron la necesidad de mejorar el acceso a la AUH de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales y para ello incluir al Programa de Acompañamiento al Egreso (PAE) en los acuerdos con Anses, seguir acompañando a quienes perdieron a sus madres o padres a causa de violencia por motivos de género a través de la Reparación económica para las niñas, niños y adolescentes (RENNYA).

¿Qué es RENNYA?

Es una reparación económica mensual para hijos/as de víctimas de violencia de género o intrafamiliar. La cobrará directamente el hijo/a entre los 18 y hasta los 21 años, o bien la persona adulta responsable que quede a cargo del:

  • Hijo/a menor de edad
  • o con discapacidad sin límite de edad, en caso de requerirlo.
La titular de Anses, Fernada Raverta, junto al secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia Gabriel Lerner firmaron un convenio

Quiénes pueden cobrarlo

Hijos/as en los casos que:

 La persona victimaria haya sido procesado/a y/o condenado/a con sentencia firme.

Se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por homicidio del progenitor/a.

RENNYA requisitos

  • Ser menor de 21 años y sin límite de edad para los/as hijos/as o hijos/as afín con discapacidad al momento en que se produce el hecho.
  • Ser argentino/a o residente con una residencia ininterrumpida mínima de dos años.
  • El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino.
La prestación es compatible con la AUH y otros beneficios sociales

Documentación a presentar

Del hecho:

  • Partida/certificado de defunción, testimonio o sentencia/resolución de presunción de fallecimiento.
  • Copia del auto procesamiento, auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme, de acuerdo al Código Procesal Penal de cada provincia, donde figuren todos los datos de la causa por disposición del Tribunal Penal interviniente, por haber participado del delito de femicidio/homicidio. En caso de fallecimiento/suicidio del/de la autor/a del femicidio/homicidio, resolución o archivo de culminación del proceso que tenga la extinción de la acción penal.

Del hijo/a o hijastro/a:

  • DNI.
  • En caso de residentes/extranjeros/as, documentación que acredite la residencia mínima por dos años.
  • Partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo con la madre/padre.
  • En el caso de personas con discapacidad, Certificado Único de Discapacidad vigente.

Del representante:

  • DNI.
  • Testimonio o copia de la sentencia o del Certificado de Guarda/Tutela/Apoyo con representación o Adopción/ Curatela expedido por autoridad judicial.
  • En caso de guardas administrativas expedidas por el Organismo Provincial de Niñez, sentencia de homologación judicial.

Formularios:

Descargar los tres formularios desde:  https://www.anses.gob.ar/sites/default/files/formulario/2019-11/Formularios%20Ley%2027452%20nov19.pdf

  • Formulario 1 – Listado de documentación. Será completado por el agente de ANSES el día del turno.
  • Formulario 2 – Solicitud de Ley 27.452. Deben completarse los cuatro rubros y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.
  • Formulario 3 – Acta de compromiso sobre la utilización de fondos con carácter de Declaración Jurada Ley 27.452. Deben completarse todos los espacios y ser firmado frente al agente de ANSES para que certifique la firma de quien solicita la reparación.

Importante: Presentar los tres formularios por cada hijo/a o hijo/a afín ya que la reparación económica es individual.

¿Cuál es el monto de la prestación?

Corresponde el monto de una jubilación mínima que se actualiza por ley de movilidad. Actualmente se ubica en 20.571 pesos.

Si el hecho es anterior a la fecha 26 de julio de 2018 de promulgación de la Ley 27.452, se percibirá a partir de la sanción de la Ley.

Si el delito ocurrió con posterioridad a la fecha de la sanción de la Ley se percibirá a partir del hecho.

Compatibilidades:

La reparación económica es compatible con el cobro de:

  • Asignación Universal por Hijo ( AUH)
  • Asignación Familiar, pensiones
  • Regímenes alimentarios

Cómo realizar el trámite

Si tenés dudas sobre cómo iniciar el trámite o conocés a alguna persona que necesite iniciarlo, podés comunicarte al (011) 4015-1165

Por correo electrónico a [email protected]. Esta modalidad se mantendrá mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Si ya lo iniciaste y querés consultar su estado, ingresá a https://tramitesadistancia.gob.ar (con tu DNI y el N° de trámite que figura en el DNI), o comunicate a la línea 144.

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