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ANSES: ¿Cuándo cobrán los jubilados y titulares de asignaciones? Descubrí las fechas claves

Los titulares de diversas asignaciones y beneficios sociales continúan recibiendo sus pagos correspondientes durante el mes de junio de 2025. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informa sobre el calendario y las fechas de los pagos.

¿Quiénes están cobrando en junio?

Los beneficiarios que están recibiendo pagos incluyen:

  • Titulares de la Asignación por Embarazo (AUE).
  • Titulares de las Asignaciones de pago único (matrimonio, adopción y nacimiento).
  • Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas.
  • Beneficiarios del Desempleo Plan 1.

¿Cuál es el calendario de pagos para jubilados?

Fechas de pago a jubilados que cobran más que la mínima:

  • Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 25 de junio de 2025.
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 26 de junio de 2025.
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 27 de junio de 2025.
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 30 de junio de 2025.

¿Qué fechas corresponden a la AUE?

Fechas de pago de AUE:

  • Documentos terminados en 9: a partir del 25 de junio de 2025.

¿Cuándo se efectúan los pagos de asignaciones por matrimonio, adopción y nacimiento?

Fechas de pago de Asignaciones de pago único:

  • Todos los documentos Primera Quincena: desde el 10 de junio al 14 de julio de 2025.
  • Todos los documentos Segunda Quincena: desde el 24 de junio al 14 de julio de 2025.

¿Qué hay sobre las pensiones no contributivas?

Fechas de pago de Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas:

  • Todas las terminaciones de DNI: desde el 9 de junio al 14 de julio de 2025.

¿Cuáles son las fechas de pago para el Desempleo Plan 1?

Fechas de pago del Desempleo Plan 1:

  • Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 25 de junio de 2025.
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 26 de junio de 2025.
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 30 de junio de 2025.
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 1 de julio de 2025.

ANSES aclara que los titulares no necesitan solicitar turno previo para cobrar, pero deben asistir a la sucursal bancaria según el calendario establecido.

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