Salud pública: la Provincia tildó de “inconstitucional” la norma para cobrarle la atención a extranjeros en hospitales nacionales

Tras la reglamentación que exige cobrar las prestaciones programadas a quienes no tengan residencia permanente, la gestión bonaerense cuestionó duramente la medida y afirmó que frena su validez en territorio provincial por motivos constitucionales.

La reglamentación nacional: Resolución 1066 y seguro de salud obligatorio

El Gobierno nacional formalizó el procedimiento para administrar la atención a personas extranjeras mediante la Resolución 1066 aprobada el martes 11 de agosto de 2026.

La norma determina que los extranjeros sin residencia permanente deberán contar con un seguro de salud válido o abonar de manera previa la práctica médica requerida.

Por su parte, las personas que cuenten con residencia permanente mantendrán el acceso al sistema público bajo las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.

El planteo de inconstitucionalidad basado en el Artículo 36

El ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, aseguró este miércoles 12 de agosto que la disposición resulta inconstitucional.

El funcionario fundamentó su postura en el Artículo 36 inciso 8 de la Carta Magna provincial, el cual establece que la Provincia garantiza el acceso libre a la salud preventiva, asistencial y terapéutica a todos sus habitantes.

Bajo este argumento, la gestión de la provincia sostiene que la gratuidad hospitalaria también aplica dentro de los establecimientos nacionales ubicados en su jurisdicción.

Urgencias médicas totalmente garantizadas sin trámites previos

La normativa vigente aclara que ninguna urgencia o emergencia médica podrá ser negada ni demorada por gestiones administrativas o falta de pago.

El marco legal contempla como emergencias con riesgo para las funciones vitales a los siguientes cuadros de atención inmediata:

  • Infartos agudos de miocardio y paros cardiorrespiratorios.
  • Accidentes cerebrovasculares (ACV) y traumatismos graves.
  • Hemorragias masivas y quemaduras extensas.
  • Emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales de gravedad.

El impacto real en el sistema de salud pública

Desde la cartera sanitaria provincial remarcaron que el volumen de atención a personas no residentes representa un porcentaje menor del total de consultas registradas.

Según datos vertidos por el ministerio, los extranjeros representan tan solo entre el 0,4% y el 0,5% de la demanda global en las guardias y salas públicas.

Debido a la baja incidencia numérica, las autoridades provinciales calificaron la discusión como un intento de desviar la atención frente al contexto económico general.

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