El régimen de casas particulares en Argentina presenta novedades importantes para el mes de mayo 2026. Tanto empleadores como trabajadores deben estar atentos a los nuevos montos mínimos, el pago de aportes y las responsabilidades legales vigentes para evitar multas o irregularidades en la contratación.
Escala salarial vigente para mayo 2026
Los salarios del personal de casas particulares se rigen por las últimas actualizaciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Para este mes, los valores mínimos por hora y por mes se consolidan tras los ajustes previos, quedando definidos de la siguiente manera según cada categoría:
Quinta categoría: Personal para tareas generales
Es la categoría que abarca la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Por hora con retiro: $3.348,37
- Por hora sin retiro: $3.599,86
- Mensual con retiro: $410.773,52
- Mensual sin retiro: $455.160,14
Cuarta categoría: Cuidado de personas
Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores.
- Por hora con retiro: $3.599,86
- Por hora sin retiro: $4.012,14
- Mensual con retiro: $455.160,14
- Mensual sin retiro: $505.578,34
Tercera categoría: Caseros
Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- Por hora: $3.599,86
- Mensual: $455.160,14
Segunda categoría: Personal para tareas específicas
Cocinero/as contratados en forma exclusiva para dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
- Por hora con retiro: $3.807,87
- Por hora sin retiro: $4.161,54
- Mensual con retiro: $466.154,67
- Mensual sin retiro: $517.277,03
Primera categoría: Supervisora
Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
- Por hora con retiro: $4.013,30
- Por hora sin retiro: $4.382,63
- Mensual con retiro: $500.649,26
- Mensual sin retiro: $556.024,76
Bonos y adicionales obligatorios
Además del salario básico, el empleador debe contemplar el pago de rubros adicionales que son obligatorios por ley:
- Adicional por antigüedad: Corresponde un 1% por cada año de antigüedad en la relación laboral. Este porcentaje se aplica sobre el salario mensual de forma no acumulativa y debe figurar como un ítem separado en el recibo de sueldo.
- Adicional por zona desfavorable: Se aplica un extra del 30% sobre los salarios mínimos para el personal que trabaje en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
- Suma no remunerativa: Según el esquema vigente, se mantiene el pago de un bono extraordinario que varía según la carga horaria semanal:
- Hasta 12 horas semanales: $8.000
- Entre 12 y 16 horas semanales: $11.500
- Más de 16 horas semanales: $20.000
Obligaciones del empleador y aportes a la seguridad social
Tener al personal registrado en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) es la obligación principal del empleador. Este trámite se realiza con clave fiscal nivel 2 o superior y garantiza la cobertura legal para ambas partes.
- Aportes y contribuciones: Mensualmente se deben abonar tres conceptos principales: el aporte jubilatorio, la obra social y la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Es importante recordar que la ART se paga sobre el mes en curso, mientras que la obra social y jubilación son a mes vencido. Para mayo 2026, la cuota de la ART se ubica en torno a los $13.637,06 para contratos de más de 16 horas semanales.
- Recibos de sueldo: El empleador tiene la obligación de generar y entregar el recibo de sueldo oficial a través del portal de Casas Particulares. El trabajador debe firmar un ejemplar para el empleador y conservar el suyo.
- Licencias y beneficios: El personal tiene derecho a vacaciones pagas (proporcionales a su antigüedad), licencias por maternidad, enfermedad y el cobro del sueldo anual complementario (aguinaldo) en los meses de junio y diciembre.
Trámite de registro y formas de pago
Para registrar a una empleada doméstica, el empleador debe ingresar al portal oficial con su CUIT y clave fiscal. Allí deberá cargar los datos personales del trabajador (CUIL), el domicilio donde se realizarán las tareas, la cantidad de horas semanales y la remuneración pactada.
El pago de los aportes puede realizarse mediante la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP) o a través del pago manual con el Formulario 102/RT. También se encuentra habilitada la opción de adhesión al débito automático para simplificar el cumplimiento mensual.












