El juicio por el triple crimen de Chascomús ingresó en su etapa decisiva luego de que concluyeran en los Tribunales de Dolores las audiencias destinadas a escuchar a familiares, testigos y peritos. Ahora todas las miradas están puestas en el próximo lunes 21 de septiembre, cuando la Fiscalía y la Defensa expondrán sus alegatos ante el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1, paso previo a una sentencia que podría definir el futuro de Francisco Waldemar Reddy, único acusado por las muertes de su padre, Diego Reddy; María Eugenia Suárez, pareja de éste; y el pequeño Ignacio Reddy.
El debate comenzó el jueves 10 y continuó el viernes 11 de septiembre ante los jueces Christian Ariel Rabaia, María Claudia Castro y Juan Paulo Gardinetti. Durante ambas jornadas desfilaron ante el Tribunal familiares de las víctimas, testigos y especialistas que aportaron elementos destinados a reconstruir lo ocurrido el 29 de diciembre de 2023 en el establecimiento rural Los Pinos, en jurisdicción de Chascomús. Concluida esa etapa probatoria, el proceso entró ahora en su tramo final: el fiscal Juan Manuel Dávila y el defensor oficial Diego González deberán formular sus conclusiones y plantear qué resolución consideran que corresponde adoptar.
Para los familiares de las víctimas será una instancia especialmente sensible. Después de casi tres años desde aquella jornada que terminó con tres integrantes de una misma familia muertos, aguardan que la Justicia establezca definitivamente las responsabilidades y esperan una condena ejemplar para el acusado. La expectativa está centrada en la posibilidad de una pena de prisión perpetua, teniendo en cuenta las graves calificaciones legales por las que Reddy llegó a juicio.
La acusación contra el joven contempla diferentes figuras según cada una de las víctimas: homicidio calificado por el vínculo por la muerte de su padre, Diego Reddy; homicidio agravado por alevosía por el asesinato de María Eugenia Suárez; y homicidio simple por la muerte de Ignacio. Las dos primeras figuras agravadas contemplan, en caso de acreditarse la responsabilidad penal en los términos sostenidos por la acusación, la pena de prisión perpetua.
Sin embargo, en las últimas horas comenzó a trascender una posibilidad que, de concretarse como estrategia durante los alegatos, podría modificar sustancialmente el escenario judicial: que la Defensa intente sostener que Reddy no se encontraba en condiciones de comprender la criminalidad de sus actos o de dirigir sus acciones al momento de los hechos y procure, sobre esa base, que sea considerado inimputable. Hasta el momento, esa eventual estrategia no fue confirmada públicamente por la Defensa y deberá aguardarse a los alegatos para conocer cuál será concretamente su planteo ante los jueces.
La diferencia entre ambos escenarios es fundamental. Si el Tribunal considera probado que Reddy fue autor de los homicidios y que era plenamente responsable de sus actos, las figuras agravadas que enfrenta pueden derivar en prisión perpetua. Por el contrario, el artículo 34 inciso 1º del Código Penal establece que no es punible quien, al momento de cometer un hecho, por determinadas alteraciones de sus facultades o estado de inconsciencia, no haya podido comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.
Una declaración de inimputabilidad, sin embargo, no equivale simplemente a disponer que una persona quede inmediatamente en libertad. La legislación contempla la posibilidad de aplicar medidas de seguridad cuando correspondan, cuya continuidad está vinculada, entre otras cuestiones, a evaluaciones profesionales y decisiones judiciales. Se trata, por lo tanto, de una consecuencia jurídica completamente diferente de una condena penal: en un caso existiría una pena de prisión; en el otro, el Tribunal concluiría que la persona no puede ser penalmente responsabilizada por haber carecido, al momento del hecho, de la capacidad exigida por la ley.
Precisamente allí podría concentrarse una de las discusiones centrales si la Defensa finalmente introduce ese planteo. No bastaría con acreditar la existencia de un problema de salud mental o alguna alteración psicológica: para que exista inimputabilidad debe establecerse que esa situación tenía entidad suficiente, en el momento concreto de los hechos, para impedir al acusado comprender la criminalidad de lo que hacía o dirigir sus acciones.
Frente a esa eventual hipótesis defensiva, los jueces deberán valorar la totalidad de las pruebas incorporadas durante el proceso, incluidas las pericias, los testimonios y especialmente las conductas atribuidas al acusado antes y después de los homicidios. La Fiscalía sostiene una reconstrucción según la cual Reddy habría utilizado una carabina calibre .22 y, posteriormente, habría intentado desviar la investigación mediante una supuesta historia relacionada con el secuestro de su padre. Durante la investigación también surgió que habría vendido ganado perteneciente a su progenitor sin autorización, circunstancia incorporada a la causa como parte del contexto previo a los asesinatos.
El triple crimen ocurrió el 29 de diciembre de 2023 y conmocionó profundamente a Chascomús, Dolores y toda la región. Diego Reddy, María Eugenia Suárez e Ignacio fueron atacados en el establecimiento rural donde vivían. Francisco Reddy fue detenido días después y desde entonces permanece privado de su libertad.
Ahora comienza la cuenta regresiva. El lunes 21 de septiembre llegarán los alegatos, instancia en la que quedará definitivamente expuesta la pretensión de pena de la Fiscalía y se conocerá la estrategia final de la Defensa. Una vez concluidos, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Dolores dispondrá de cinco días para emitir su sentencia.
Será entonces cuando se conozca la respuesta judicial a uno de los casos más estremecedores ocurridos en los últimos años.
