REGIÓN: Se renueva el debate sobre la prohibición o no de la pirotecnia

Francisco Díaz

Al aproximarse las tradicionales fiestas navideñas y de fin de año se renueva el debate sobre la prohibición o no de la pirotecnia en varios distritos de la región.

Desde las empresas se muestran en contra de la negativa a la venta de sus productos mientras que diversos sectores de la sociedad están a favor debido a las consecuencias que genera el uso de esos elementos sobre todo en mascotas, niños y adultos mayores e incluso en ex combatientes de la guerra de Malvinas.

Las empresas productoras de elementos de pirotecnia aducen que la prohibición afectaría a las ventas y por ende derivaría en problemas económicos que tendrán como consecuencia el peligro de miles de puestos de trabajo.

A fines de septiembre, los senadores provinciales bonaerenses aprobaron un proyecto de ley que busca prohibir en todo el territorio provincial la tenencia, fabricación, comercialización, depósito, circulación y venta al público, mayorista o minorista, así como la manipulación y uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de tipo explosiva con efecto audible o sonoro cualquiera fuera su característica y naturaleza, sea éste de venta libre o no, y/o fabricación autorizada. Ahora resta que se debata en Diputados y el resultado es incierto.

En Chascomús se aprobó una Ordenanza aprobando la prohibición del uso de pirotecnia a partir del año 2018, mientras que en Castelli no está autorizada la comercialización de productos de pirotecnia sonora. En Lezama, un proyecto de estas características se trataría en la próxima sesión del Concejo Deliberante, toda vez que el aprobado el año próximo pasado fue vetado por el Intendente Harispe.

Desde la empresa Cienfuegos, explicaron a INFOZONA lo siguiente en relación a este tema: “La industria de la pirotecnia genera más de 6000 empleos permanentes, y alrededor de 50.000 en forma indirecta y excede en mucho los productos de fuegos artificiales.
La prohibición no reduce los accidentes, sólo fomenta la venta y uso de pirotecnia clandestina, fabricada con componentes químicos inestables, que aumentan exponencialmente el riesgo de la población en lugar de disminuirlo.
Sin productos seguros y legales disponibles en el mercado, los daños serán mayores de los que se pretende erradicar.
La prohibición de la actividad viola el principio de jerarquía de las leyes art. 31 de la Constitución Nacional por prohibir el ejercicio de una industria lícita, a la propiedad privada y a trasladarse libremente dentro de la República Argentina. (Arts. 10, 11, 14 y 17 de la CONSTITUCION NACIONAL).
Nuestra actividad es lícita y está reglada orgánicamente por el RENAR dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que su prohibición atenta contra las libertades individuales amparadas en la Constitución Nacional.”

 

Compartir este artículo