Pensión para familiares de víctimas del Covid-19: ¿Cuánto es?

Andrea Fernández

El Gobierno Nacional dispuso hoy una nueva reglamentación a la pensión graciable para familiares de fallecidos del Covid-19.

Se trata de una pensión que establece beneficios impositivos para el personal de salud, Fuerzas Armadas; de Seguridad y otros rubros que se consideran esenciales durante la pandemia del coronavirus.

Dicha pensión supone “una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio“. Por otra parte, se deben cumplir una serie de requisitos para acceder”. Seguí leyendo esta y conocé los detalles al respecto.

Pensión vitalicia para familiares

Bajo este contexto, el Gobierno Nacional dispuso el cobro de una pensión graciable vitalicia para los familiares de estos mismos trabajadores que hayan fallecido por Covid-19 entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

La medida se oficializó mediante el Decreto 854/2021 que se publicó este viernes en el Boletín Oficial; a través del cual el Gobierno estableció que se podrá cobrar la Pensión vitalicia para familiares una vez comenzado el trámite; y no cuando este finalmente se resuelva, lo que suele tomar varios meses.

De esta forma, quienes hayan solicitado la pensión antes de este Decreto, y aún estén a la espera por la definición del trámite, también podrán cobrar el beneficio acumulado correspondiente de los meses anteriores desde que solicitaron el inicio del trámite.

¿Cuándo se cobra la Pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19

Como se mencionó, y tal como lo indica la medida, la pensión graciable funcionará de este modo:

“Se abonará a sus beneficiarios desde la fecha de solicitud para su tramitación ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES); o desde la fecha en que se haya solicitado en forma fehaciente ante cualquier organismo del Estado Nacional, si ello es anterior a la entrada en vigencia del presente decreto”.

¿De cuánto es la pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19?

Según lo establece la Ley 27.549, la pensión supone “una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio”.

En otras palabras, la pensión es de $58.124 a diciembre del 2021 (ya que la jubilación mínima es de $29.062). Además, a este monto se le deben aplicar también “los aumentos de movilidad correspondientes a los otorgados a las jubilaciones ordinarias”.

¿Para quiénes es la pensión?

La pensión vitalicia para familiares de víctimas de Covid-19 es para los familiares de los siguientes trabajadores esenciales que hayan fallecido entre marzo y diciembre de 2021:

  • Profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada;
  • Personal de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas de Seguridad, de la Actividad Migratoria y de la Actividad Aduanera.
  • Recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria.
  • Bomberos

Además, de acuerdo al reglamento de la Ley 27.549, esta pensión la pueden solicitar los siguientes titulares:

  • Cónyuge supérstite: en caso de divorcio, solo procedería en caso de que “el causante tuviere a su cargo un deber alimentario en favor del derechohabiente”.
  • Conviviente supérstite: con quien el fallecido mantuvo una unión convivencial.
  • Hijos solteros hasta los 21 años de edad: no rige si los hijos se encuentran restringidos en su capacidad o perciben alimentos establecidos hasta los 25 años.
  • Personas a cargo del causante al momento del fallecimiento, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.

Finalmente, esta pensión a partir de este viernes comienza a asignarse de forma inmediata una vez el titular inicie el trámite; el cual se debe hacer ante la ANSES.

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