Este domingo 7 de septiembre, los electores de la provincia de Buenos Aires están convocados para participar en las elecciones legislativas provinciales. La jornada se presenta marcada por un punto de controversia: la sanción por inasistencia, que arranca en solo $50.
¿Qué dice la Ley Electoral Provincial sobre las multas por no votar?
De acuerdo con la Ley Electoral Provincial N° 5109, los ciudadanos de entre 18 y 70 años que no emitan su voto enfrentarán una multa que oscila entre $50 y $500. Aunque estos fondos se destinan al fomento de la educación, el monto ha sido criticado, siendo catalogado por algunos como “menos que un caramelo”.
Los votantes que decidan no asistir a las urnas cuentan con un plazo de 60 días para justificar su ausencia ante la Junta Electoral, siendo el último día el 6 de noviembre. Se aceptan solo tres razones comprobables: estar a más de 500 km del lugar de votación, sufrir un problema de salud certificado, o motivos de “fuerza mayor”. La falta de justificación o el impago de la multa supondrá el registro en el Registro de Infractores.
¿Qué se elige en las elecciones de este año en Provincia de Buenos Aires?
Este fin de semana, los bonaerenses tienen la responsabilidad de elegir a 23 senadores provinciales titulares y 15 suplentes, además de 46 diputados provinciales titulares y 28 suplentes. También se votará por concejales y consejeros escolares en diversas localidades.
¿Cómo será el sistema de votación?
A diferencia de las elecciones nacionales que se llevarán a cabo en octubre, el Ministerio de Gobierno bonaerense ha confirmado que en estos comicios provinciales no se implementará la Boleta Única de Papel (BUP). La votación se realizará mediante el tradicional sistema de boletas partidarias, el cual, según el Ministerio, “conserva plena vigencia” y es apreciado por el electorado.
Desde este viernes, rige la veda electoral, limitando la difusión de información relacionada con el proceso electoral hasta el cierre de las urnas el domingo.