Personal del CPR Chascomús en circunstancias que recorría la zona rural del distrito, más específicamente el Cuartel III, al arribar a las inmediaciones del Establecimiento Rural denominado “Pedro Chico” divisan dos personas de sexo masculino en el interior del campo realizando maniobras de caza mediante la utilización de cinco perros símil galgos,
Tomando los recaudos legales en vigencia se solicita la correspondiente licencia de caza deportiva los cuales manifiestan carecer de la misma.
En consecuencia se procedió a identificar a las personas como Federico Luis Morales y Joaquín Lucero, siendo propietarios de los perros en cuestión, tres de ellos pertenecientes a Morales y dos a Lucero.
Seguidamente se interdictan los canes, los cuales luego de finalizadas las actuaciones fueron entregadas a sus respectivos dueños en carácter de depósito judicial, debido a la carencia de espacio físico para alojarlos en el CPR.
Se los traslado al asiento del Comando de Prevención Rural donde se inician actuaciones contravencionales por Infracción a los Artículos 266, 268, 269, 273 inciso “C” y “K”, 274 y 277 inciso “A”de la Ley 10.081/83(Código Rural de la Provincia de Buenos Aires) con intervención Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires.-
