Si tenés personal a cargo o trabajás en casas particulares y querés saber cuánto hay que liquidar este mes, la respuesta ya está confirmada: en septiembre se aplica una actualización salarial del 1,8% sobre los valores mínimos.
A continuación, te detallamos las escalas por hora y mensuales para cada categoría, junto con la incorporación progresiva del bono no remunerativo fijado previamente.
Tareas generales y caseros: los montos para el personal de limpieza y mantenimiento
Para la categoría de tareas generales —una de las más extendidas dentro del régimen—, los valores quedan fijados de la siguiente manera:
- Con retiro: $3.800,93 la hora y un salario mensual mínimo de $466.298,18.
- Sin retiro: $4.068,39 la hora y un piso mensual de $514.398,21.
Por su parte, el personal registrado como caseros (modalidad sin retiro) mantendrá los mismos importes base: $4.068,39 por hora y $514.398,21 mensuales.
Cuidado de personas y tareas específicas: escalas con y sin retiro
En la categoría de asistencia y cuidado no terapéutico de personas, los pisos mínimos de cobro registran las siguientes cifras:
- Con retiro: $4.068,39 la hora y $514.398,21 al mes.
- Sin retiro: $4.515,71 la hora y un haber mensual de $569.034,43.
Para quienes realizan tareas específicas (actividades con especialización determinada), la hora con retiro se fijó en $4.299,27 (mensual de $526.312,55) y sin retiro en $4.679,93 la hora (mensual de $581.711,84).
Supervisores: los valores por hora y mes en la categoría más alta
El personal que cumple tareas de supervisión se mantiene en la escala de remuneraciones básicas más elevadas de la actividad:
- Con retiro: $4.518,67 por hora y un haber mensual mínimo de $563.692,98.
- Sin retiro: $4.916,05 por hora y un sueldo mensual que alcanza los $623.701,23.
Bono no remunerativo y adicionales obligatorios en la liquidación
Durante la liquidación correspondiente a septiembre de 2026 se inicia la incorporación al salario básico de una parte del bono no remunerativo establecido originalmente en agosto.
Al momento de calcular el sueldo final, los empleadores deberán sumar a estos pisos mínimos los adicionales que correspondan según cada caso.
Entre los conceptos obligatorios a adicionar se encuentran el adicional por antigüedad, la zona desfavorable y el pago de horas extras.
