Si sos empleador o trabajadora, es vital que estés al tanto de la actualización vigente. Los sueldos de julio llegan con un incremento del 1,4%, completando así el esquema de aumentos definido por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
Además de este porcentaje, los haberes de este mes incluyen la incorporación del 50% de la suma no remunerativa acordada en marzo. Estos cambios son acumulativos y deben aplicarse tanto para el personal mensualizado como para quienes trabajan por hora, siempre que estén debidamente registradas.
Escala salarial de julio: valores por hora y mensuales
A continuación, los valores actualizados para las categorías más representativas que rigen para este periodo:
- Tareas Generales: $3.733,72 por hora / $458.053,22 mensuales (con retiro).
- Asistencia y cuidado de personas: $3.996,45 por hora / $505.302,76 mensuales (con retiro).
- Supervisores: $4.438,77 por hora / $553.725,91 mensuales (con retiro).
- Caseros: $3.996,45 por hora / $505.302,76 mensuales (siempre sin retiro).
Adicionales obligatorios: antigüedad y zona desfavorable
Es fundamental recordar que existen dos conceptos clave que pueden incrementar el salario básico y que no deben olvidarse al liquidar el haber:
- Adicional por antigüedad: Se debe pagar un 1% extra del básico por cada año de trabajo desempeñado para el mismo empleador.
- Zona desfavorable: Aquellos que presten servicios en provincias como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o el Partido de Patagones, reciben un adicional del 31% sobre el salario básico.
¿Cómo liquidar el pago según la modalidad?
La modalidad de pago depende exclusivamente de la carga horaria semanal pactada:
- Mensualizados: Corresponde cuando la trabajadora cumple 24 horas semanales o más para un mismo empleador. Se liquida de forma proporcional a las horas trabajadas.
- Por hora: Se aplica para quienes prestan servicios por menos de 24 horas semanales. El pago debe efectuarse al finalizar la jornada o la semana, según lo acordado.
Aportes y cobertura: obligaciones del empleador
Más allá del sueldo básico, el empleador tiene la responsabilidad legal de realizar los aportes correspondientes ante el organismo recaudador. Esto es indispensable para garantizar los derechos de la trabajadora.
- Jubilación (SIPA): Permite sumar años de aportes previsionales.
- Obra Social: Garantiza cobertura médica para la trabajadora y su grupo familiar.
- ART: Seguro obligatorio ante accidentes laborales o enfermedades profesionales.
