Proyectos sobre Propiedad Privada: el Senado dio media sanción a los desalojos exprés en 72 horas y pasa a Diputados

Si estás alquilando una vivienda o un local comercial, hay novedades fundamentales en el Congreso que podrían cambiar por completo la forma en que te relacionás con el propietario.

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada dio un paso decisivo al obtener media sanción en el Senado y pasar a la Cámara de Diputados.

Media sanción en el Senado: votos y artículos que quedaron afuera

El tratamiento parlamentario avanzó en la Cámara alta luego de intensas negociaciones en el recinto:

  • Resultado de la votación: la iniciativa oficialista se aprobó con 37 votos afirmativos frente a 33 negativos.
  • Puntos retirados: para lograr el consenso, el oficialismo debió eliminar el Capítulo III (modificaciones a la Ley de Tierras Rurales) y el Capítulo IV (reforma de la Ley de Manejo del Fuego).
  • Ejes confirmados: el núcleo aprobado abarca desalojos exprés, modificaciones en el régimen de expropiaciones con indemnizaciones más altas para dueños y un esquema de regularización dominial.

Desalojos en 72 horas mediante juicio sumarísimo

El texto modifica de manera sustancial las garantías procesales en los conflictos inmobiliarios:

  • Procedimiento ultra rápido: las demandas tramitarán bajo el formato de juicio sumarísimo, reduciendo al mínimo los plazos para responder o apelar.
  • Plazo límite: las ordenes de desalojo se concretarán en un plazo de 72 horas (3 días).
  • Mecanismo sin sentencia: el juez podrá ordenar la entrega inmediata del inmueble antes del fallo definitivo mediante la “caución juratoria” del propietario, si este argumenta que el inquilino es un “tenedor precario”.

Fin de las pruebas testimoniales y pagos en efectivo

Las nuevas exigencias sobre los comprobantes representan un cambio drástico para la defensa de quien alquila:

  • Sin testigos: en causas por falta de pago o vencimiento queda prohibida la prueba testimonial; ya no servirá la declaración de vecinos o familiares.
  • Respaldo obligatorio: la única prueba válida serán los comprobantes escritos o transferencias bancarias.
  • Inicio del plazo: el tiempo legal empezará a correr en cuanto el propietario notifique al juzgado, independientemente de si el inquilino se enteró de la demanda.

Casos especiales con menores o personas con discapacidad

La ley contempla un tratamiento particular en situaciones donde habiten sectores vulnerables:

  • Acreditación documental: será obligatorio contar con una certificación formal que acredite que en la vivienda residen menores, adultos mayores o personas con discapacidad.
  • Plazo de reubicación: en estos casos se fijará una ventana de 10 días para que las familias encuentren una solución habitacional transitoria.
  • Trámite en Diputados: la norma aguarda ahora su discusión final en la Cámara de Diputados para definir su aprobación definitiva.
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