En la última sesión del Concejo Deliberante de Lezama, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria presentó un interesante proyecto de Ordenanza, autoría de la edil Lorena Silva referido a la conformación de un Programa de prevención y atención de conductas suicidas y autolesivas en el ámbito local
El citado proyecto propone lo siguiente
Visto: las variadas problemáticas que atraviesan la vida de adolescentes y jóvenes, llevándolos en algunos casos a autolesionarse e incluso a intentar quitarse la vida
Considerando:
Que en los últimos años, en nuestro país, hemos asistido a un importante aumento en la cantidad de adolescentes y jóvenes que ingresan a los servicios de salud por consultas vinculadas a intentos de suicidio y otras conductas auto lesivas.
Que el suicidio es definido por la Organización Mundial de la Salud (2010) como “el acto deliberado de quitarse la vida”.
Que desde el Ministerio de Salud…se considera intento de suicidio a toda acción autoinfligida con el propósito de generarse un daño potencialmente letal
Que las conductas suicidas abarcan un amplio espectro: desde la ideación suicida, la elaboración de un plan, la obtención de los medios para hacerlo, hasta la posible consumación del acto.
Que en la Argentina, en los últimos veinte años, la tasa de mortalidad por suicidio creció considerablemente en los grupos más jóvenes (15 a 24 y 25 a 34 años)
Que en promedio son las mujeres quienes cometen más intentos mientras que los varones lo consuman en mayor medida. Actualmente, es la 2ª causa de defunción en el grupo de 10 a 19 años.
Que una práctica que está comenzando a hacerse visible durante los últimos tiempos en adolescentes y jóvenes, son las conductas autolesivas
Que las conductas autolesivas, en general, consisten en provocarse cortes/heridas con elementos cortantes en miembros superiores o inferiores
Que las conductas autolesivas no deben minimizarse, ya que exponen al adolescente a situaciones de riesgo y dan cuenta del malestar que una persona y/o grupo humano padece.
Que la intervención oportuna del equipo de salud posibilita el trabajo terapéutico sobre dicho sufrimiento y la prevención de comportamientos de riesgo en el futuro.
Que en el Municipio de Lezama, ha habido en los últimos años, casos de suicidio, intento de suicidio y autolesiones.
Que es posible y necesario, realizar acciones de anticipación, prevención y promoción de conductas saludables
Que resulta fundamental un abordaje intersectorial, donde cada sector/actor se comprometa desde su función a llevar adelante las acciones antes mencionadas
Que la salud y el bienestar de nuestros adolescentes y jóvenes, resultan un derecho, y como tal, el estado debe garantizarlos, efectuando acciones a tal fin.
Por ello, el Bloque de Concejales del FPV propone para su aprobación el siguiente
Proyecto de Ordenanza
Art. 1: Créase en el Municipio de Lezama, el Programa de Prevención y Atención de conductas suicidas y autolesivas.
Art 2: Será la autoridad de aplicación la Secretaría de Salud del Municipio.
Art 3: El área de Salud Municipal diseñará el Programa en articulación con Educación, Desarrollo Social, CPA, Área de Juventud.
Art 4: El Programa contará con acciones:
-de difusión y concientización en diversos espacios y/u organismos (escuelas, CAPS, medios de comunicación, Centros de Estudiantes de escuelas secundarias e ISFDyT)
-diseño de protocolo de actuación ante intento de suicidio y suicidio
-diseño de protocolo de actuación ante presencia de conductas autolesivas
-preverá acciones de coordinación y evaluación del Programa, con los diversos sectores/actores involucrados.
-acciones de capacitación referidas a detección de indicadores de ideas suicidas o conductas autolesivas, a diferentes actores comunitarios (docentes, trabajadores de la salud, familias, trabajadores municipales) a cargo de los profesionales de Salud Mental.
Art 5: Los gastos que demande la puesta en marcha de la presente normativa deberán estar previstos en el presupuesto correspondiente.
Art 6:De forma