Jubilados Anses: ¿Cómo nombrar a un apoderado para realizar trámites o cobrar?

Andrea Fernández

Jubilados y pensionados pueden nombrar a un apoderado para realizar los trámites de Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social); como para percibir sus haberes mensualmente.

Sin embargo, para ello deben hacer una gestión en las oficinas de la Anses para nombrar un apoderado. En el caso de que sea un familiar, podés hacerlo sin turno previo, pero si no lo es, tenés que solicitar un turno desde el sitio web del organismo; o llamando al 130 gratuitamente (desde líneas fijas).Seguí leyendo esta nota para conocer el paso a paso.

Requisitos para ser apoderado

Lo primero que debes tener en cuenta para designar un apoderado es que este debe cumplir con los siguientes requisitos básicos:

  • Ser mayor de 18 años. En el caso de ser menor, debe estar emancipado.
  • Registrarse en el sistema de identificación biométrica Mi Huella.

Tipos de apoderado

Si sos jubilado, pensionado o tenés un reajuste, podés designar un apoderado para realizar los trámites; o gestionar tus cobros. Sin embargo, el tipo de apoderado dependerá del fin con el que lo nombres. En el caso de que sea solo para trámites, podés nombrar a:

  • Familiares: esposo/a, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos; hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros y cuñados.
  • Abogados y gestores registrados en ANSES.
  • Representantes diplomáticos o consulares.
  • Tutores o curadores.

En el caso de nombrar a un apoderado para cobros, podés nombrar a:

  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Una persona (familiar o no) para el cobro de tus haberes.
  • Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior (el banco debe contar con esta opción).
  • Directores o administradores de hospitales, sanatorios asilos o establecimientos similares; para cobrar por personas internadas en sus establecimientos.
  • Representantes especiales cuando una persona esté imposibilitada para movilizarse.
  • Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

Documentación para designar a un apoderado

  • Esposo/a: acta/certificado de matrimonio (original y copia).
  • Otros parientes documentación que acredite el parentesco (partidas de nacimiento, DNI); o información sumaria judicial.
  • Tutor: sentencia judicial original y copia donde se evidencie el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
  • Curador: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador; así como el otorgamiento de la autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
  • Banco: PS 6.4 – Carta Poder firmado y sellado por autoridad bancaria.
  • Abogado: credencial vigente, PS 6.4 – Carta Poder, Formulario PS 6.300 – Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970 (moratoria previsional); o el Formulario PS 6.304 – Carta Poder Régimen Ley N° 24.476

¿Cómo nombrar al apoderado?

Para nombrar al apoderado lo primero que tenés que hacer es reunir la documentación; y registrar tu huella (y la persona designada también). Esto es algo que podés hacerlo en cualquier sede de la Anses con turno previo.

Finalmente, lo que tenés que hacer luego es sacar un turno en Anses y presentarte en una sede del organismo con la documentación requerida. En el caso de cobrar Pensión no Contributiva por Invalidez, podés solicitar un turno acá; y si sos familiar del titular podás presentarte sin turno previo.

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