
El Intendente Municipal de Brandsen Daniel Cappelletti, presentó en la Mesa General de Entrada de la Fiscalía, calle 7 entre 56 y 57 de La Plata, cuatro denuncias que alcanzan a funcionarios de la gestión de gobierno anterior.
Son las primeras cuatro porque desde el Ejecutivo Municipal brandseño manifiestan que se está trabajando sobre otros casos en los que habrían encontrado más irregularidades.
Tres de estas cuatro denuncias están basadas en haber comprobado que “funcionarios municipales habrían visado planos, certificando la existencia de obras de infraestructura que no se realizaron o bien que fueron realizadas en forma parcial”
“Dicha certificación permite a los particulares y/o personas jurídicas que realizan la subdivisión de su tierra, vender las parcelas que se generan a partir de dichos planos, perjudicando en forma directa y/o indirecta, no solo a los futuros adquirentes, sino también a la comunidad en su conjunto, dado que se construirán allí viviendas sin los servicios y obras indispensables, exigidas por la disposición 2727 de la dirección provincial de catastro territorial”.
Agregando que para que las parcelas puedan venderse deben estar las obras de infraestructura realizadas previamente y el funcionario municipal del área correspondiente, debe corroborarlo.
En una de las causas que alcanza la partida inmobiliaria cuyo visado municipal del plano fue solicitado por el Arq. Marcelo Alan Juárez y su “propietario consignado en plano y titulares registrales según constancias municipales es La Cañada S.A” se manifiesta la participación de la Arq. Patricia G. Matos, “quien como Directora de Planeamiento y Catastro de la Municipalidad realizó el visado del mencionado plano, certificando y rubricando con su firma la realización de obras de infraestructura que hasta el momento no se habrían realizado”
Una segunda causa presentada alcanza a la partida inmobiliaria cuyo visado municipal del plano fue solicitado por el Agrimensor Jorge D. Preves y su “propietario consignado en plano es Santiago Fortuna” y “los titulares registrales según constancias municipales son Santiago Fortuna con un 50 % y Mario Fernando Capparelli con un 50%”, se manifiesta la participación del Arq. Juan Manuel Bidegain, “quien como Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad realizó el visado del mencionado plano, certificando y rubricando con su firma la realización de obras de infraestructura que hasta el momento no se habrían realizado”
Una tercera causa alcanza a la partida inmobiliaria cuyo visado municipal del plano fue solicitado por el Agrimensor Jorge O. Mainero y su “propietario consignado en plano es Taxonera SCA” y “su titular registral según constancias municipales es Decfa S.R.L.”, manifiesta la participación de la Arq. Patricia G. Matos, “quien como Directora de Planeamiento y Catastro de la Municipalidad realizó el visado del mencionado plano, certificando y rubricando con su firma la realización de obras de infraestructura que hasta el momento no se habrían realizado” .
En las tres causas y dentro de la Calificación Legal se sostiene que los hechos podrían configurar los ilícitos que se detallan; Violación a los deberes de funcionario público y Falsedad de documentos en general y/o de instrumento público y uso de instrumento falso o adulterado”.
En el petitorio se le solicita al Fiscal que “disponga las medidas correspondientes a fin de determinar la existencia o no de ilícito y en su caso la autoría”
Una cuarta causa da cuenta que “surgiría que particulares con la participación de funcionarios públicos, sin cuya participación el hecho no habría sido posible, habrían contratado la realización de una obra y luego certificado su realización total para posteriormente percibir el precio de la contratación en forma íntegra, sin haber finalizado la obra contratada” Agregando que “de esta forma aparecería en forma palmaria el perjuicio para el erario público que abonó por una obra que no se había realizado del modo, en la cantidad y en la calidad contratada, pero ello solo habría sido posible, por la intervención mediante la elaboración y rubrica con su firma de documentación por parte de los funcionarios actuantes, quienes habrían certificado la existencia de obras no realizadas en documentos públicos tales como el que se adjunta como documental Nº 4”
Agregando que “sin perjuicio de no haberse concluido con la reconstrucción de dichos expedientes, surge prima facie la posible comisión de ilícito, dado que de las constancias existentes, cuyas copias se acompañan y se detallan en el acápite de documental, resulta lo siguiente”
Inmediatamente la presentación menciona todos los pasos que se siguieron, con la numeración e identificación correspondiente, para la construcción de los cordones cuneta mencionados, indicando que “el Intendente de Brandsen Gastón Arnoldo Arias en el marco del denominado “PLAN MÁS CERCA; MÁS MUNICIPIO, MEJOR PAÍS, MÁS PATRIA” autorizó una licitación privada con un presupuesto oficial de $ 510.682,23.
Que a dicha licitación se presentan solamente dos ofertas, las de Industrias Mecánicas Sacchi S.A y la Cooperativa de Trabajo La Plata Obrera Lda. Resultando ganadora Industrias Mecánicas Sacchi S.A. por un monto de $ 501.000,60.
Luego la Municipalidad de Brandsen contrató con la empresa ganadora de la licitación la construcción de seis (6) cuadras de cordón cuneta en la localidad de Brandsen.
Se manifiesta que se suscribió el certificado de obra que indicaba la realización de la obra en su totalidad. Que la Empresa en una factura que aparece con el Nº2 especifica la realización en su primera etapa de cordones cuneta por un total $ 510.000,60, correspondiente a la obra contratada. Que con fecha 22 de agosto de 2014 se confeccionó la orden de pago y que el 25 de agosto de 2014 Sacchi suscribió recibo por el valor de dos órdenes de pago, correspondiendo una de ellas a la contratación por la construcción de las seis cuadras de cordón cuneta.
Luego la presentación menciona que se constató que de la obra de seis cuadras que daban cuenta los funcionarios, solamente se “verificó la construcción deficiente de dos (2) cuadras de cordón cuneta”
La presentación judicial menciona como participes de éste hecho al Intendente Municipal Gastón Arias, el Secretario de Obras y Servicios Públicos Juan M. Bidegain y a la Directora de Obras Públicas María A. Videla.
Dentro de la Calificación legal se sostiene que los hechos podrían configurar los ilícitos que se detallan; Hurto y/o daño calificado, Defraudación a la administración pública municipal, Violación a los deberes de funcionario público y Falsedad de documentos en general.
En el petitorio se le solicita al Fiscal que “disponga las medidas correspondientes a fin de determinar la existencia o no de ilícito y en su caso la autoría”
Fuente: Info Brandsen
