En Olavarría sólo se podrán hacer compras por días según la terminación del DNI

Francisco Díaz

En el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del Covid-19 (Coronavirus) y de la prórroga del aislamiento social que el Gobierno Nacional dispuso hasta el domingo 26 de abril, el Municipio de Olavarría resolvió, mediante el Decreto N° 1060/20, “un nuevo ordenamiento de abastecimiento para los vecinos del Partido” que comenzará a regir desde el lunes.

Informó Infoeme que el mencionado decreto indica que “las personas cuyos DNI y/o pasaportes finalizados en números pares (0, 2, 4, 6 y 8) deberán asistir a los comercios habilitados y exceptuados del aislamiento social preventivo y obligatorio los días lunes, miércoles y viernes”.

En tanto que “las personas cuyo DNI y/o pasaporte finalicen en números impares (1, 3, 5, 7 y 9) deberán concurrir a los comercios los días martes, jueves y sábados”. Los domingos no regirá el cronograma.

En este sentido, indicaron que “todas las personas que no cumplan con esta nueva disposición será sancionados con una multa de cuatro a seis mil pesos, duplicándose en caso de reincidencia”.

Además, los comercios o prestadores de servicio que incumplan la norma “recibirán una multa de diez mil a doce mil pesos, duplicándose en caso de reincidencia y se procederá a la clausura del local si se reiteran los incumplimientos”.

Según se informó, El Gobierno Municipal estas medidas se tomaron porque “por la ampliación de actividades exceptuadas se ha verificado una mayor circulación de personas en la vía pública”.

Por otra parte, este Decreto N° 1060 también hace mención al “uso de barbijos o tapabocas en la vía pública y establece que el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 1028/20, relacionado al uso de barbijo o mascarilla, dará lugar a la imposición de una multa de seis mil a ocho mil pesos”.

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