¿Cómo designar un apoderado en ANSES para cobrar o gestionar prestaciones?

Contar con alguien de confianza que pueda ayudarte a realizar trámites o cobrar una prestación puede resultar fundamental en determinadas situaciones. ANSES ofrece distintas alternativas para que jubilados y pensionados puedan designar a un apoderado o representante especial, según las necesidades de cada titular y el tiempo por el que se requiera la gestión.

Quiénes pueden ser apoderados ante ANSES

ANSES recuerda que cualquier persona mayor de 18 años puede ser designada como apoderada, siempre que cuente con la documentación correspondiente. En muchos casos, se elige a un familiar cercano, lo que simplifica el proceso.

Cuando el apoderado es un familiar:

  • No necesitás solicitar turno previo.
  • Se recomienda tener actualizados los datos del titular y del grupo familiar en mi ANSES.
  • Hay que presentarse en una oficina de ANSES con DNI y documentación que acredite el vínculo (por ejemplo, partida de nacimiento, acta de matrimonio, etc.

Opciones de apoderados para el cobro de prestaciones

Los titulares pueden elegir entre distintas alternativas autorizadas por el organismo. Entre las opciones permitidas se encuentran:

  • Personas físicas mayores de 18 años.
  • Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados o procuradores con poder certificado ante escribano.

Además, cuando el titular se encuentra internado en un establecimiento público o privado —como sanatorios, asilos u hospitales—, está habilitada la posibilidad de designar como apoderado al director o administrador del lugar.

Representantes especiales por un período determinado

En situaciones en las que el titular está temporalmente imposibilitado para movilizarse, ANSES permite nombrar un representante especial por un tiempo específico. Esta opción resulta útil para resolver trámites puntuales cuando la dificultad es transitoria.

Apoderados para residentes en el exterior

Quienes viven fuera del país también pueden designar un apoderado para el cobro de su jubilación o pensión. En estos casos, el poder puede otorgarse a un banco habilitado con servicio de giro al exterior.

Las entidades autorizadas actualmente son:

  • Banco de la Nación Argentina
  • Banco de la Ciudad de Buenos Aires
  • Banco Patagonia S.A.
  • Banco Credicoop Cooperativo Ltdo.
  • Banco Piano S.A.
  • Banco Comafi S.A.

Esta opción permite que el beneficiario reciba sus haberes desde el exterior sin necesidad de trasladarse al país.

Documentación necesaria para realizar la gestión

Para avanzar con la designación del apoderado, se requiere:

  • DNI del titular y del apoderado.
  • Documentación que acredite el vínculo, si corresponde.
  • En caso de profesionales (abogados o procuradores), poder certificado ante escribano.
  • Para entidades o establecimientos, la documentación que respalde la representación.

La gestión se realiza de manera presencial en las oficinas de ANSES, y en algunos casos sin turno, según el tipo de apoderado que se designe.

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