Baja de la edad de imputabilidad a 14 años: El Senado sancionó la ley y cambia para siempre el sistema penal en Argentina

En una jornada histórica marcada por un intenso debate político y social, el Senado de la Nación convirtió en ley este viernes 27 de febrero de 2026 el nuevo Régimen Penal Juvenil. Con 44 votos a favor y 27 en contra, Argentina abandona definitivamente el decreto-ley de la dictadura militar vigente desde 1980 y establece una nueva estructura jurídica que reduce la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años para todos los delitos tipificados en el Código Penal.

La aprobación llega en el cierre de las sesiones extraordinarias convocadas por el Poder Ejecutivo y representa una victoria política estratégica para el gobierno de Javier Milei. La normativa no solo modifica la edad de punibilidad, sino que introduce un sistema de justicia restaurativa y penas diferenciadas, buscando dar respuesta a la creciente preocupación ciudadana por la seguridad y la participación de menores en bandas delictivas.

Los puntos clave de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil

A diferencia del régimen anterior, que era eminentemente tutelar y dejaba un amplio margen de discrecionalidad a los jueces, el nuevo sistema se basa en la responsabilidad penal del adolescente. Esto significa que los jóvenes de 14 y 15 años ahora enfrentarán procesos judiciales formales, aunque con garantías y condiciones específicas para su edad.

El proyecto original del Gobierno buscaba bajar la edad a los 13 años, pero tras intensas negociaciones en la Cámara de Diputados y el Senado, se consensuó el límite de 14 años para asegurar el acompañamiento de los bloques dialoguistas. Según los fundamentos de la ley, esta edad alinea a la Argentina con la mayoría de los países de la región, como Uruguay, Chile y Paraguay.

Comparativa: El fin de la Ley 22.278 y el inicio del nuevo Régimen

Para comprender el impacto real en los juzgados y en las calles, es necesario desmenuzar los cambios estructurales que introduce la sanción definitiva de este viernes:

Característica Sistema anterior (1980-2026) Nueva Ley Sancionada (2026)
Edad mínima de punibilidad 16 años 14 años
Pena máxima para menores Reducción de la escala de adultos Hasta 15 años de prisión (delitos graves)
Medidas alternativas Escasas y discrecionales Trabajo comunitario, monitoreo y reparación
Lugar de detención Institutos de menores heterogéneos Centros especializados (prohibido con adultos)
Enfoque procesal Tutelar (el juez decide como “padre”) Debido proceso y justicia restaurativa

Justicia restaurativa y penas alternativas al encierro

La nueva ley establece que el encierro debe ser el último recurso. Antes de llegar a la privación de la libertad, los jueces podrán aplicar una serie de sanciones socioeducativas. Se priorizará que el adolescente repare el daño causado a la víctima, ya sea mediante la restitución de bienes o la realización de tareas comunitarias bajo estricta supervisión estatal.

  • Sanciones no privativas: Amonestaciones, prohibición de acercamiento a la víctima o a ciertos lugares, y la obligación de finalizar los estudios obligatorios.
  • Monitoreo electrónico: Se habilita el uso de dispositivos de rastreo para adolescentes que cumplan arresto domiciliario o pautas de conducta en libertad.
  • Acompañamiento interdisciplinario: Todos los procesos deberán contar con un equipo de psicólogos y trabajadores sociales para abordar el entorno del menor.
  • Celeridad procesal: Se imponen plazos máximos para las investigaciones, evitando que los adolescentes permanezcan años bajo procesos judiciales indefinidos.

El debate por los recursos y la realidad de las provincias

Uno de los mayores focos de conflicto durante la sesión en el Senado fue el financiamiento. Senadores de la oposición y gobernadores han advertido que la aplicación efectiva de esta ley dependerá de una inversión millonaria en infraestructura y personal especializado. Actualmente, muchas provincias no cuentan con centros de alojamiento que cumplan con los estándares de separación total de adultos exigidos por la nueva norma.

Por otro lado, los datos del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC) del último año muestran que, si bien la participación de menores de 16 años en homicidios es baja (cercana al 4%), los delitos contra la propiedad protagonizados por esta franja etaria han mostrado una curva ascendente en centros urbanos como Rosario, el Gran Buenos Aires y Córdoba. El Gobierno sostiene que el nuevo régimen cortará la “sensación de impunidad” que las bandas criminales utilizan para reclutar niños.

¿Qué sigue tras la sanción del Congreso?

Con la ley ya sancionada, el Poder Ejecutivo nacional procederá a su reglamentación y publicación en el Boletín Oficial en los próximos días. Se espera que el presidente Javier Milei haga una mención especial a este logro legislativo durante su discurso de apertura de sesiones ordinarias el próximo domingo 1 de marzo.

A partir de allí, comenzará un periodo de transición para que el Poder Judicial de la Nación y las provincias adapten sus estructuras. Las causas que involucren a menores de 14 y 15 años cometidas a partir de la vigencia de la ley ya serán tramitadas bajo el nuevo esquema, marcando un giro de 180 grados en la política criminal argentina de las últimas cuatro décadas.

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