ANSES subsidio extraordinario 481: ¿Qué es y cuándo se paga?

Andrea Fernández

La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) informó el nuevo cronograma de cobro para los beneficiarios de las asignaciones. Además, dicho calendario comprende también al subsidio extraordinario 481.

Así, aunque no haya IFE ni bono de $15.000, ya se conoce cuáles son las fechas de cobro para la AUE (Asignación Universal por Embarazo); AUH (Asignación Universal por Hijo); así como para jubilados y pensionados y el subsidio extraordinario. Seguí leyendo esta nota y conocé los detalles al respecto.

Subsidio Extraordinario 481 Anses

Se trata de un apoyo extra o bono que da la Anses a los beneficiarios de las presentaciones previsionales de SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino); así como para la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC) por vejez, invalidez; y madres de 7 hijos o más.

¿De cuánto es el subsidio extraordinario 481?

Según el decreto 481 que se publicó en el Boletín oficial a fines de julio, el subsidio extraordinario de la Anses se dispone:

“Para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta PESOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTINUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($46.129,40), el subsidio extraordinario será de PESOS CINCO MIL ($5000)“.

¿Cuándo se cobrará el subsidio extraordinario 481 de la Anses?

En lo que respecta a las fechas de cobro de subsidio extraordinario, este se comenzó a cobrar el 2 de agosto. Aunado a ello, su pago se extenderá hasta el viernes 6 del mismo mes para las Pensiones No Contributivas (PNC).

Por otra parte, se indicó que desde el 9 hasta el 23 de agosto cobrarán los beneficiarios de jubilaciones y pensiones inferiores a $25.923; y por último, del 24 al 30 del mismo mes, podrán cobrar el monto de pago único quienes superen el límite previamente indicado.

Nota relacionada: Cuándo cobro la jubilación

En lo que respecta a otros pagos del organismo, los jubilados y pensionados comenzarán a cobrar el 9 de agosto según el número terminal de su DNI, hasta el 23 de agosto. Aunado a ello, la Tarjeta Alimentaria se debería recargar el tercer viernes del mes (20 de agosto).

Compartir este artículo