Las fotomultas por exceso de velocidad volvieron a quedar en el centro de la escena luego de que la Agencia Nacional de Seguridad Vial detectara irregularidades en radares instalados sobre rutas nacionales. Para cualquier conductor que recibió una infracción, la pregunta es directa: ¿la multa es válida o puede ser reclamada?
El punto central no es solamente si el vehículo superó la velocidad permitida. También importa si el radar estaba autorizado, si tenía la verificación vigente, si estaba ubicado en el lugar habilitado y si el acta incluye todos los datos necesarios. En un contexto de controles cada vez más frecuentes, revisar la multa antes de pagar puede evitar un gasto indebido.
El dato que encendió las alertas sobre los radares

Según la información oficial difundida por la ANSV, durante un relevamiento sobre más de 40.000 kilómetros de rutas nacionales se detectaron 152 radares fijos que funcionaban sin autorización nacional para labrar infracciones. Además, de los equipos fijos autorizados, 239 fueron encontrados en el lugar habilitado y 124 no fueron hallados en el sitio donde debían operar.
Esto no significa que todas las fotomultas sean inválidas, pero sí refuerza una idea clave: cada infracción debe poder comprobarse. El conductor tiene derecho a revisar si el cinemómetro estaba habilitado, si coincidía con el lugar de la supuesta falta y si la documentación técnica estaba vigente al momento del control.
Cómo consultar si un radar está habilitado
Para saber si un radar instalado en una ruta nacional está autorizado, se debe ingresar al sitio oficial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y buscar el apartado de radares fijos y móviles autorizados para operar en rutas nacionales. Allí se puede consultar la información disponible por provincia, ruta, kilómetro, sentido de circulación, tipo de equipo y número de serie.
El dato del número de serie es especialmente importante, porque permite comparar el equipo que figura en la multa con el radar que aparece en el listado oficial. También hay que revisar si el lugar informado en el acta coincide con el tramo habilitado. Si la multa fue emitida en una ruta provincial o dentro de un ejido urbano, la ANSV aclara que ese listado nacional no incluye esos equipos, por lo que la consulta debe hacerse ante la jurisdicción correspondiente.
Qué tiene que tener una fotomulta para ser válida
Una infracción por radar no debería limitarse a mostrar una imagen del vehículo. Para que el acta sea consistente, debe incluir datos precisos del hecho y del instrumento utilizado. Entre los elementos más importantes aparecen:
- Lugar exacto donde se registró la infracción.
- Fecha y hora del supuesto exceso de velocidad.
- Foto clara de la patente del vehículo.
- Velocidad permitida y velocidad registrada.
- Marca, modelo y número de serie del radar.
- Homologación y calibración vigente del cinemómetro.
- Autoridad que emitió el acta y juzgado competente.
También debe verificarse que el control haya estado debidamente señalizado y que la notificación haya llegado dentro de los plazos legales. Si falta información clave, si el radar no coincide con el lugar autorizado o si la calibración no estaba vigente, el conductor puede tener elementos para presentar un descargo.
La verificación técnica del radar también se puede pedir
Además de consultar el listado de radares autorizados, existe un trámite oficial para verificar la vigencia del instrumento de medición utilizado en una multa por exceso de velocidad. Este trámite permite solicitar información sobre el cinemómetro que generó la infracción.
Para hacerlo, el conductor debe contar con una copia legible de la multa, ingresar a Trámites a Distancia con CUIT y clave fiscal, adjuntar una nota solicitando la consulta y sumar la imagen o fotocopia del acta. El trámite es gratuito y puede servir para comprobar si el equipo tenía la verificación correspondiente.
Qué revisar antes de pagar o hacer un descargo
Antes de abonar una fotomulta, conviene tomarse unos minutos para comparar la información del acta con los datos oficiales. La revisión debería enfocarse en tres puntos: el radar, el lugar y la documentación de la infracción.
En términos prácticos, el conductor puede seguir este orden:
- Buscar el radar en el listado oficial si la multa fue en una ruta nacional.
- Comparar el número de serie del cinemómetro con el que aparece en el acta.
- Chequear que el kilómetro, ruta y sentido coincidan con la autorización.
- Revisar si la multa informa velocidad permitida, velocidad registrada, fecha, hora y foto clara.
- Solicitar la vigencia del instrumento si hay dudas sobre la calibración u homologación.
Si aparecen inconsistencias, lo recomendable es no dejar vencer los plazos y presentar el descargo ante el juzgado o autoridad indicada en la propia infracción. El argumento debe ser concreto: radar no habilitado, falta de datos técnicos, ubicación no coincidente, ausencia de señalización o dudas sobre la verificación vigente.
Radares nacionales, provinciales y municipales: una diferencia que importa
Un punto que suele generar confusión es que no todos los radares dependen del mismo organismo. La ANSV interviene sobre los equipos que operan en rutas nacionales, pero no necesariamente sobre radares colocados en rutas provinciales, accesos municipales o zonas urbanas.
Por eso, si la multa fue emitida en una ruta nacional, la consulta del listado oficial de la ANSV es una herramienta clave. Si fue en otro ámbito, hay que pedir la información a la provincia o municipio correspondiente. En todos los casos, el principio es el mismo: la autoridad debe poder demostrar que el radar estaba habilitado y que la multa fue correctamente labrada.
