Créditos ANSES: suspenden el pago de las cuotas de los préstamos ¿Hasta cuándo?

Andrea Fernández

El Gobierno extendió la moratoria para pagar las cuotas de los créditos ANSES mediante resolución 10/2020 que se publicó hoy en el Boletín Oficial. Con esta resolución, se volvió a prorrogar el pago de las cuotas de los créditos; en esta ocasión, las de noviembre.

Con esta suspensión, el Gobierno espera la probación por parte de Congreso del proyecto de ley; el cual establece cobrar nuevamente las cuotas sin capitalizar los intereses devengados por dichos préstamos desde el 1 de enero.

De esta forma, se retomaría el cobro de las cuotas adeudadas en las condiciones originales; por lo que el valor de las mismas sería similar a las del pasado mes de diciembre.

Extensión de la moratoria y sus implicaciones

Según la resolución, los beneficiarios de los préstamos no podrán solicitar nuevos créditos de ANSES. El documento también estipuló que la moratoria se sujetará a la fecha de vencimiento del beneficio de los titulares de prestación por Invalidez.

Por otra parte, la medida exceptuó el límite de edad máxima que se considera para los beneficiarios la fecha de culminación del pago de los créditos; a los tomadores que alcance la moratoria, ya sea que se trate de titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de Prestaciones No Contributivas (PNC) de Vejez, Invalidez y Madres de más de Siete Hijos, o de la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM).

¿A quiénes alcanza la extensión de la moratoria?

La extensión de la moratoria de las cuotas que hizo el gobierno corresponde a los préstamos del Programa de Créditos ANSES; los cuales se entregan a jubilados, pensionados y beneficiarios de la AUH.

A su vez, esta medida estableció que para los créditos que se hayan dado a titulares de la AUH y SUAF, la suspensión dependerá de que el menor por el cual se recibe la prestación no alcance los 18 años dentro ese tiempo; a excepción de las personas con discapacidad.

De esta forma, la resolución también recordó que el beneficio por menores de edad bajo responsabilidad, se establece hasta la mayoría de edad; en cuyo supuesto no se aplicará el descuento, inclusive si se ha otorgado con inclusión de otros menores.

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