
La Municipalidad de Chascomús a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), promueve una acción de amparo colectivo previsto en el artículo Nº 43 de la Constitución Nacional y tratados internacionales como son: “La Declaración Universal de los Derechos Humanos”; “La Convención Americana sobre Derechos Humanos”, y la Ley de Defensa del Consumidor, por afectación de los derechos de incidencia colectiva a los usuarios residenciales de los servicios públicos de gas natural de nuestra comunidad.
En esta acción de amparo se demandó al Estado Nacional, el Ente Regulador del gas (ENARGAS), y la empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A.; con el objetivo de declarar la inconstitucionalidad de las Resoluciones 28 y 31 del año 2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, y la Resolución Nº 1/3732 del ENARGAS, en lo que denomina revisión de la tarifa integral del gas natural, a partir del 01 de abril del 2016, y de los aumentos dispuestos en los cuadros tarifarios para la categoría de clientes residenciales de los usuarios de gas natural domiciliario.
Para mayor información de los usuarios podrán dirigirse a la Municipalidad de Chascomús (OMIC), de lunes a viernes en el horario de 09:00hs. a 13:00hs., sita en la calle Dorrego Nº 229 de dicha ciudad.
