Asueto 24 y 31 de diciembre 2025: qué servicios funcionan y la decisión sobre los bancos

A pocos días de las fiestas de fin de año, el Gobierno Nacional oficializó la decisión sobre los días 24 y 31 de diciembre de 2025. A través del Decreto 883/2025, publicado este lunes 15 de diciembre en el Boletín Oficial, se estableció el esquema de trabajo para la administración pública y se aclararon las dudas sobre el funcionamiento de los bancos.

A continuación, detallamos quiénes alcanzan el asueto, qué pasa con el sector privado y cómo se pagan estas jornadas si toca trabajar.

¿Hay asueto el 24 y 31 de diciembre?

asueto feriado se trabaja 24 y 31

Sí, está confirmado. El Poder Ejecutivo otorgó asueto administrativo para el personal de la Administración Pública Nacional los días miércoles 24 y miércoles 31 de diciembre de 2025.

El objetivo de la medida es facilitar la reunión familiar y los traslados, dado que muchos trabajadores deben viajar hacia sus ciudades de origen para celebrar Nochebuena y Año Nuevo. Sin embargo, el decreto instruye a los organismos a garantizar la continuidad de los servicios esenciales mediante guardias.

Qué pasa con los bancos: ¿Abren o cierran?

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Este es uno de los puntos más importantes del Decreto 883/2025. El texto oficial excluye expresamente a las instituciones bancarias y entidades financieras del asueto.

  • Situación actual: Por norma general, los bancos operarán con normalidad los miércoles 24 y 31 de diciembre, salvo que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emita una comunicación específica modificando el horario de atención (generalmente recortando el horario habitual en estas fechas).
  • Recomendación: Se sugiere realizar trámites presenciales y extracciones de dinero con anticipación o utilizar los canales digitales (Home Banking y Apps), que funcionan las 24 horas.

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¿Qué decidió la Provincia de Buenos Aires?

Si bien el decreto nacional abarca a los empleados del Estado Nacional, las provincias tienen autonomía para adherir o dictar sus propias normas. Históricamente, la Provincia de Buenos Aires suele alinear su calendario con el nacional otorgando asueto a los empleados bonaerenses (incluyendo docentes y administrativos provinciales), aunque se debe aguardar la publicación del decreto provincial específico en el Boletín Oficial bonaerense para tener la confirmación legal.

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Sector Privado y Comercios

Para los trabajadores del sector privado (empresas, comercios, industrias), el 24 y el 31 de diciembre son días laborables normales, a menos que el empleador decida otorgar el día libre o reducir la jornada laboral.

Es habitual que los comercios (supermercados, shoppings y negocios de cercanía) trabajen con horario reducido, cerrando sus puertas entre las 14:00 y las 18:00 horas para permitir que los empleados lleguen a sus hogares para la cena festiva.

Diferencia de pago: Asueto vs. Feriado

Es fundamental distinguir entre las fechas festivas para entender cómo se liquidan los sueldos:

  • 24 y 31 de diciembre (Asueto/Día laboral): Si trabajás en el sector privado, se paga como una jornada normal (sencilla). No corresponde pago doble ni horas extras, salvo que se exceda la jornada habitual o el convenio colectivo de tu gremio indique lo contrario.
  • 25 de diciembre y 1 de enero (Feriados Nacionales): Son feriados inamovibles. Si no trabajás, cobrás tu sueldo normal. Si trabajás, la Ley de Contrato de Trabajo establece que debés cobrar la jornada con un recargo del 100% (pago doble).

Calendario de Fiestas 2025

  • Miércoles 24 de diciembre: Asueto Administración Pública Nacional (Bancos abiertos salvo aviso contrario).
  • Jueves 25 de diciembre: Feriado Nacional (Navidad).
  • Miércoles 31 de diciembre: Asueto Administración Pública Nacional.
  • Jueves 1 de enero 2026: Feriado Nacional (Año Nuevo).
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