Mientras la inflación y la pérdida del poder adquisitivo siguen siendo una preocupación constante, los jubilados buscan alternativas que les permitan estirar sus ingresos mes a mes. En ese contexto, el anuncio del regreso de un beneficio muy valorado por este sector generó expectativas en todo el país. Se trata de una medida que ya estuvo vigente, fue discontinuada por un tiempo, y ahora vuelve con el objetivo de aliviar los gastos cotidianos.
De qué se trata el beneficio que vuelve para los jubilados
El beneficio que regresa es el reintegro del 15% en compras realizadas con tarjeta de débito, destinado a jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales. Este reintegro se deposita directamente en la cuenta donde la persona cobra sus haberes, sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Este mecanismo tiene como objetivo:
- Incentivar el uso de medios de pago electrónicos.
- Reducir el uso de efectivo.
- Ofrecer un alivio económico para quienes cobran haberes mínimos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que esta medida vuelve a estar vigente, luego de un período de suspensión que había generado preocupación entre los beneficiarios.
A quiénes les corresponde el reintegro del 15%
El reintegro está destinado a un grupo específico de personas, que deben cumplir ciertos requisitos vinculados al tipo de ingreso y la forma de cobro.
Podrán acceder al beneficio:
- Jubilados y pensionados que cobren la mínima.
- Titulares de AUH (Asignación Universal por Hijo) y Asignación Universal por Embarazo.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas que cobren a través de ANSES.
- Personas que cobren la Tarjeta Alimentar.
Condiciones clave:
- El reintegro aplica únicamente a compras realizadas con la tarjeta de débito asociada a la cuenta donde se cobra el beneficio.
- No se requiere inscripción previa.
- El dinero reintegrado se deposita automáticamente dentro de las 48 horas hábiles posteriores a la compra.
Cuál es el tope del reintegro y cómo se calcula
La normativa establece un tope mensual de $4.056 por beneficiario. Sin embargo, si una persona cobra más de un beneficio compatible (por ejemplo, AUH y Tarjeta Alimentar), el tope puede aumentar hasta $8.114 por mes.
Tabla de reintegros según condición:
Tipo de beneficiario | Tope mensual del reintegro |
---|---|
Jubilados o pensionados que cobran la mínima | $4.056 |
Titular de AUH o AUE | $4.056 |
Beneficiarios con AUH + Tarjeta Alimentar | $8.114 |
En qué rubros se puede usar y cuáles quedan excluidos
El reintegro se aplica a compras realizadas en comercios registrados que vendan productos de consumo básico, como alimentos, productos de limpieza o farmacias.
Rubros incluidos:
- Almacenes y supermercados.
- Verdulerías, carnicerías y panaderías.
- Farmacias.
- Kioscos y dietéticas.
- Ferias o mercados con posnet habilitado.
Rubros excluidos:
- Cargas de tarjeta SUBE o celulares.
- Compras online (si no se procesan por débito directo).
- Servicios (luz, gas, internet, etc.).
- Extracciones en cajeros o transferencias.
Este beneficio, que había sido discontinuado en 2023, se relanza ahora como parte de un conjunto de medidas orientadas a mejorar el consumo interno y brindar alivio económico a los sectores más vulnerables.