PAMI endurece los requisitos para el reintegro de medicamentos: quiénes pueden acceder desde diciembre

El acceso a los medicamentos es uno de los ejes centrales del sistema de salud para jubilados y pensionados. En ese marco, el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) anunció cambios relevantes en los criterios para solicitar reintegros, con el objetivo de reorganizar el beneficio y focalizarlo en los afiliados con mayor vulnerabilidad económica.

Nuevos controles para el reintegro de medicamentos

A partir de diciembre, PAMI refuerza los controles sobre ingresos y patrimonio de quienes soliciten el reintegro de medicamentos. La medida apunta a optimizar el uso de los recursos y evitar que el beneficio sea utilizado por personas que cuentan con capacidad económica suficiente para afrontar los costos sin asistencia estatal.

Desde el organismo explicaron que el acceso al reintegro estará sujeto a una evaluación más estricta, que combinará criterios económicos, patrimoniales y de cobertura médica.

Tope de ingresos para acceder al beneficio

Uno de los cambios centrales es la incorporación de un límite de ingresos obligatorio. Para que el reintegro sea aprobado, el afiliado deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Percibir menos de 1,5 jubilaciones mínimas.
  • En el caso de personas con discapacidad, el tope se amplía hasta tres haberes mínimos, siempre que se acredite la condición con la documentación correspondiente.

Este filtro económico se convierte en un requisito clave para iniciar y sostener el trámite.

La doble cobertura como impedimento automático

PAMI confirmó que contar con doble cobertura de salud excluye automáticamente del reintegro de medicamentos. Quedan alcanzados por esta restricción:

  • Jubilados o pensionados con prepaga.
  • Afiliados que estén inscriptos simultáneamente en otra obra social.

Según el organismo, la medida busca evitar superposiciones y asegurar una distribución más equitativa de los fondos disponibles.

El patrimonio también será evaluado

Además de los ingresos, el nuevo esquema incorpora un análisis patrimonial más riguroso. No podrán acceder al reintegro quienes se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • Poseer vehículos con menos de 15 años de antigüedad.
  • Tener bienes de alto valor.
  • Contar con más de una propiedad a su nombre.

El objetivo es concentrar el beneficio en afiliados que enfrentan dificultades reales para solventar la compra de medicamentos.

Qué pasa con los tratamientos esenciales

Pese al endurecimiento general de los requisitos, PAMI aclaró que los tratamientos esenciales y de alta complejidad continúan con cobertura del 100%, sin modificaciones en el acceso.

Entre ellos se incluyen los tratamientos vinculados a:

  • Cáncer.
  • VIH.
  • Diabetes.
  • Hemofilia.
  • Insuficiencia renal.
  • Trasplantes.
  • Hepatitis virales.

En estos casos, se exigirá que los médicos tratantes actualicen periódicamente la documentación y presenten certificados de continuidad del tratamiento para mantener la cobertura total.

Reintegros parciales y compras previas

Para patologías leves o consideradas no severas, el esquema vigente se mantiene con coberturas parciales, que oscilan entre el 40% y el 60%.

En estos casos, el procedimiento implica:

  • Compra previa del medicamento en farmacia.
  • Inicio del trámite de reintegro ante PAMI.
  • Evaluación caso por caso, según los criterios socioeconómicos y patrimoniales actuales.

El organismo también recordó que la receta electrónica es la única modalidad válida para la prescripción de medicamentos, condición indispensable para cualquier tipo de cobertura o reintegro.

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